El Parlamento pide crear un registro nacional de «últimas voluntades»
Dos años largos después de su aprobación en el Parlamento, a la ley reguladora de los derechos y la autonomía del paciente le falta uno de sus «pilares» básicos. A día de hoy no existe un registro nacional que recopile y coordine los datos de todos los ciudadanos que, a través de sus respectivas Comunidades Autónomas, anticipen su voluntad para el caso de una situación clínica irreversible, hasta dónde desean ser tratados y cuál es el límite terapéutico que los médicos no deben traspasar. Los grupos parlamentarios reeditaron ayer la misma unanimidad de hace dos años y reclamaron al actual Gobierno que se ponga manos a la obra para subsanar esta carencia. La Comisión de Sanidad del Congreso aprobó con el respaldo de todos una proposición no de ley del PSOE que insta al Ministerio de Sanidad a crear el Registro Nacional de Instrucciones Previas, que es como dio en llamar la ley a lo que algunas Comunidades reconocen como «testamento vital» o «ultimas voluntades». Regulación nacional A juicio del portavoz socialista, Alberto Fidalgo, la ausencia de una base de datos de ámbito estatal limita la eficacia de los registros que ya han puesto en marcha en sus respectivos ámbitos cinco autonomías de las trece que han regulado los derechos del enfermo, su capacidad de decidir si desea que le sea alargada la vida de forma artificial y los márgenes de su relación con los médicos que le tratan; todas salvo Asturias, Castilla-La Mancha, Murcia y Canarias. Esta circunstancia hace que el derecho del paciente a decidir con autonomía el nivel de cuidados que desea «exista sólo sobre el papel», aseguró. Al registro estatal previsto en la ley tendrían acceso todos los servicios autonómicos de salud, que volcarían las últimas voluntades médicas registradas por sus ciudadanos, para que los médicos puedan actuar sea cual sea la región. En su artículo 11, la Ley de Autonomía del Paciente especifica que las instrucciones previas nunca podrán reclamar a los médicos medidas «que contradigan el ordenamiento jurídico», con lo que queda cerrada cualquier posibilidad de incluir la eutanasia entre los derechos del enfermo.