Diario de León

Los menores que persigan a sus compañeros podrán ser obligados a cambiar de colegio

El Gobierno aprueba la orden de alejamiento para niños que acosen

Los pandilleros violentos podrán ser encerrados durante seis años

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Melchor Sáiz-Pardo - madrid
León

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El Consejo de Ministros aprobó ayer la reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, en vigor desde hace cinco años, con el objetivo de endurecer las penas previstas para los integrantes de pandillas juveniles y para los autores de los delitos especialmente graves. Además, por primera vez en el Derecho Penal español, se contemplará la figura del acoso escolar, que podrá será combatidos con órdenes de alejamiento para separar a los acosadores de sus víctimas. La preocupación por el fuerte aumento en los últimos años de los delitos violentos (homicidios, violaciones y robos con intimidación) cometidos por jóvenes y adolescentes está detrás de esta reforma. El nuevo articulado prevé castigar este tipo de prácticas con un año más de internamiento. Así, los menores de entre 14 y 16 años que delincan con violencia, intimidación o grave riesgo podrán ser condenados a tres años de régimen cerrado, y hasta seis años en el caso de que tengan entre 16 y 18 años. El asesinato, la violación o los actos de terrorismo serán castigados con hasta cinco u ocho años en un centro especial (dependiendo de la edad del joven). Incluso esta pena podrá alargarse a diez años de internamiento si el menor ha cometido otros crímenes. Todo ello, siempre seguido de un período de libertad vigilada. Combatir a las bandas El nuevo texto intenta también dar respuesta a la irrupción en las grandes ciudades de pandillas juveniles muy violentas como las bandas latinas de los Latin King o los Ñetas. Los integrantes de estos grupos u otros similares ahora podrán ser sancionados con hasta seis años de internamiento cuando comentan delitos graves, sin tener que llegar al homicidio, al robo con violencia o a la agresión sexual. El objetivo, según el Ejecutivo, es que el juez tenga la oportunidad de «alejar al menor de ese ambiente que favorece o determina de manera concluyente su comportamiento delictivo». Casos como el de Jokin, el joven guipuzcoano que se suicidó en septiembre de 2004 al ser acosado por sus compañeros de clase, también aparecen recogidos en la reforma aprobada este viernes en el Consejo de Ministros. A partir de la entrada en vigor del nuevo articulado, los jueces podrán imponer a los acosadores al alejamiento e «incomunicación» con el menor agredido y sus familiares. Es más, los tribunales podrán también decidir el extrañamiento del joven agresor del centro escolar, es decir su obligado traslado a otro colegio o instituto. El Ministerio de Justicia, que asegura haber incorporado en la reforma las aportaciones de la comunidades autónomas, del Poder Judicial y de la Fiscalía, hizo ayer especial hincapié en la mejora de trato a las víctimas, tanto las menores de edad como las de delincuentes juveniles. En los delitos de carácter sexual en los que la víctima tenga menos de 18 años será obligatorio (ya no será potestativo del juez) que los menores declaren sin ser vistos por el acusado y sin que la víctima tenga que volver a mirar a los ojos de su supuesto agresor. El texto presentado ayer establece «taxativamente» el derecho de las víctimas de delitos cometidos por menores a ser «informadas en todo momento de aquellas resoluciones que afecten a sus intereses».

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