Diario de León

Pensión para un homosexual tras la muerte de su pareja

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Los juzgados de lo social de Madrid reconocieron este miércoles a un hombre el derecho a percibir la pensión de viudedad tras la muerte de su compañero sentimental en el 2002. La sentencia considera probado el vínculo afectivo y la larga convivencia de años entre ambos miembros de la pareja, y da la razón al «viudo» en su litigio con la Seguridad Social. El Instituto Nacional (INSS) denegó en dos ocasiones la solicitud de pensión de viudedad, en el 2003 y en el 2005, por no haber sido el demandante cónyuge del fallecido, y recurre ahora la sentencia porque en materia de prestaciones rige el principio de irretroactividad. El magistrado José Pablo Aramendi Sánchez entiende, en cambio, que la reforma del Código Civil que abrió las puertas al matrimonio homosexual en julio del 2005 es «de necesaria aplicación» al caso, y convierte al superviviente de una relación matrimonial homosexual en acreedor a la prestación de viudedad. | efe

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