Diario de León

El texto autonómico ya ha sido objeto de varias objeciones por parte del Consejo de Estado

Los madrileños podrán fumar en los bares de empresa y banquetes

La ministra de Sanidad anuncia que recurrirá el decreto que aprobó Esperanza Aguirre Consumidor

El decreto aprobado en Madrid contradice varios aspectos de la Ley nacional contra el tabaco

El decreto aprobado en Madrid contradice varios aspectos de la Ley nacional contra el tabaco

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efe | madrid

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Los madrileños podrán fumar en las cafeterías de los centros de trabajo, reservados de restaurantes durante celebraciones privadas y actos institucionales cuando se produzca la entrada en vigor, previsiblemente la próxima semana, del Decreto regional de aplicación de la Ley del Tabaco. El texto aprobado ayer por el Ejecutivo que preside Esperanza Aguirre será recurrido, según anunció la ministra de Sanidad, Elena Salgado, por su Departamento, que lo considera un «paso atrás» en la protección de la salud. No obstante, el recurso contra el decreto autonómico no paralizará su aplicación, informaron fuentes del Ministerio de Sanidad. En este mismo caso se encuentra Castilla y León, cuyo decreto está ya recurrido pero todavía no se ha fallado el recurso, y La Rioja, a la que el Ministerio de Sanidad ha enviado un requerimiento, previo al recurso. Antes de que el Ministerio confirmara que recurrirá el Decreto, el consejero de Sanidad, Manuel Lamela, aseguró que si así ocurre la Comunidad de Madrid «plantearía una cuestión de inconstitucionalidad» pues se les estaría «privando» de la posibilidad de desarrollar la ley estatal. La norma regional, que ha enfrentado de nuevo a la administración madrileña con el Gobierno, permite, en contra de lo que establece la Ley del Tabaco, fumar en las zonas habilitadas de las cafeterías de los centros de trabajo de más de 100 metros cuadrados, siempre de acuerdo con los mismos límites legales previstos para el resto de los establecimientos de hostelería y restauración. En el caso de los bares de empresa con menos de 100 metros cuadrados, no estará permitido fumar para «salvaguardar los derechos de los trabajadores no fumadores». En cuanto a los reservados o zonas aisladas de los restaurantes, el cliente que los utilice de forma exclusiva podrá decidir si se fuma en ellos o no. El Decreto establece asimismo que en aquellas dependencias y unidades no productivas ubicadas en inmuebles donde exista uno o más centros de trabajo podrá permitirse, con carácter excepcional, el consumo de tabaco sólo durante la celebración de actos conmemorativos, de representación, institucionales o análogos. La Comunidad de Madrid, a efectos de aplicación del Decreto y de la autorización para fumar, considera además como espacios al aire libre todos aquellos que no puedan ser calificados como local, «entendiendo a éste como un lugar cercado o cerrado, así como cubierto o techado». Contra el Consejo de Estado Durante su tramitación, el texto elaborado por el gobierno regional madrileño, que incluye la cofinanciación de tratamientos de deshabituación tabáquica, ha sido objeto de varias objeciones por parte del Consejo de Estado que, en el dictamen emitido la semana pasada, rechazaba varios apartados del Decreto. Según el consejero de Sanidad madrileño, este dictamen del Ejecutivo autonómico «deja claro» que la Ley antitabaco que aprobó el Parlamento «es mala, imprecisa» y susceptible de ser sometida a «distintas interpretaciones» a la hora de ser desarrollada por las administraciones regionales en el ámbito de sus competencias.

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