Diario de León

La ley dará cobertura a los enfermos que se nieguen a recibir un determinado tratamiento

Andalucía es pionera en tramitar el proyecto de ley para una muerte digna

La intención del Gobierno andaluz es que la tramitación esté lista antes de junio del 2009

La consejera andaluza de Salud, María Jesús Montero, ante los medios

La consejera andaluza de Salud, María Jesús Montero, ante los medios

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Cecilia Cuerdo - sevilla
León

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Andalucía será la primera comunidad española en regular el derecho del paciente a una muerte digna. El Consejo de Gobierno inició ayer los trámites del proyecto de ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, conocida como Ley para una Muerte Digna , que dará cobertura a los enfermos que se nieguen a recibir un determinado tratamiento médico en cualquier institución sanitaria y a los profesionales que desarrollen estos derechos. La intención del gobierno andaluz es que la tramitación parlamentaria esté lista antes de junio de 2009. Según explicó la consejera andaluza de Salud, María Jesús Montero, la futura ley, cuyo compromiso se recoge ya en el nuevo Estatuto de Andalucía permitirá solventar situaciones como la vivida por la parapléjica granadina Inmaculada Echeverría el pasado año. Echeverría recibía tratamiento en un hospital religioso que se negaba a cumplir su deseo de que se le retirase la ventilación mecánica que la mantenía con vida, por lo que tuvo que ser trasladada a otro centro de titularidad pública para que se cumpliera esta petición una vez que fue autorizada por el comité de ética del hospital. Así, la normativa intenta «salvaguardar la libertad y el respeto» a la voluntad de la persona por encima de otras consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias, además de respaldar la labor de los profesionales sanitarios en estas situaciones, lo que la convierte en la primera ley de estas características del país. Tras adelantar los datos de una encuesta realizada en 2007, según la cual el 93,7% de los andaluces coinciden en que «todos los enfermos tienen derecho a una muerte digna», la consejera insistió en que la normativa quedará siempre dentro de los límites de la Constitución, por lo que en ningún caso se tratará de regular la eutanasia activa, «que está tipificada como delito dentro del Código Penal». Voluntad del paciente Montero explicó que, entre otros, el paciente tendrá derecho a recibir información clínica «veraz y comprensible» sobre su diagnóstico y pronóstico, a fin de que pueda tomar la decisión con conocimiento de la situación, y le garantiza su potestad para rechazar o suprimir cualquier tratamiento o intervención médica cuando éste suponga una obstinación o encarnizamiento terapéutico. Esta voluntad del paciente prevalecerá, aunque signifique poner en peligro su vida. El futuro texto regulará el derecho de los enfermos a recibir tratamientos del dolor o incluso la sedación paliativa, así como cuidados integrales. Para mejorar las condiciones en caso de enfermedad terminal, los ciudadanos podrán recibir los tratamientos en su domicilio. La ley garantiza también la intimidad personal y familiar del paciente y su derecho a estar acompañado por su familia en el proceso de la muerte, para lo que dispondrán de una habitación individual en el caso de que continúen en el hospital.

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