En el 2003 otro hostelero fue penado con cuatro años por un delito similar
Cinco años de cárcel para la dueña de un pub por exceso de ruido
La sentencia es histórica en España y penaliza también las lesiones físicas y psíquicas que provoca
barcelona
Sentencia histórica en España contra la contaminación acústica que provocan los bares y las discotecas. María del Carmen Ahijado, propietaria de un pub situado en el centro histórico de Barcelona, ha sido condenada a cinco años y medio de prisión por exceso de ruidos. La sentencia, conocida ayer lunes en la capital catalana, establece cuatro años de prisión por un delito contra el medio ambiente, y tres penas de seis meses por el delito de lesión, al afectar la salud física y psíquica de cada una de las tres víctimas que denunciaron y que son vecinas del primer piso del inmueble que da al establecimiento hostelero.
«Ese ruido ha perturbado gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica de los vecinos del primer piso, que precisaron atención psiquiátrica por un trastorno depresivo y debieron tomar ansiolíticos. El ruido supuso un grave riesgo para su salud», afirma el auto. «Esta es la sentencia penal más grave por delito de contaminación acústica en España», señalan fuentes de la Asociación Catalana Contra el ruido, que añaden que lo «novedoso del caso es que se condena por primera vez un delito de lesiones causadas por el sonido excesivo».
«La sentencia fija un precedente, de ahí su importancia, a partir de ahora el auto será de cita obligatoria en todas las acusaciones y por cualquier abogado que defienda personas afectadas por el ruido», añade el letrado de las tres afectadas, Lluís Gallardo.
El pub Donegal fue clausurado por el Ayuntamiento de Barcelona en mayo del 2006 después de varias inspecciones, tras la denuncia interpuesta por los vecinos de la finca por exceso de ruidos. Según la sentencia, la acusada procedió a instalar en el bar musical «sin el preceptivo permiso administrativo» un equipo de música y cinco altavoces, con lo que el ruido superaba en algunos casos hasta más de 10 decibelios el límite máximo permitido (30db), desde las nueve de la mañana a las tres de la madrugada.
En el 2003 otro hostelero catalán fue penado con cuatro años de cárcel por un delito similar.