Desestima los ocho años de cárcel que le impuso la Audiencia de Salamanca al prescribir el delito
El Supremo absuelve a un abuelo que abusó de su nieta durante nueve años
Confirma que la niña sufrió tres penetraciones con un objeto entre los ocho y los doce años
madrid
Cirilio Montoiro, un octogenario salmantino, ha sido absuelto de la condena que la había impuesto la Audiencia Provincial de Salamanca por abusar sexualmente de su nieta cuando ésta era menor de edad. El Tribunal Supremo considera que los seis delitos por lo que había sido penado a ocho años y seis meses de prisión han prescrito. La sentencia considera probado que la joven, que en la actualidad tiene 26 años, sufrió vejaciones sexuales a manos de su abuelo entre 1990 y 1999, pero estima que cuando ésta presentó la denuncia, en octubre del 2004, los delitos ya habían caducado.
La Audiencia de Salamanca había condenado en mayo del 2008 a Cirilo Montoiro, de 84 años, a pena de prisión, multa de 120.000 euros y la prohibición de aproximarse a su nieta. El tribunal falló que el acusado, vecino de la localidad salmantina de Villaflores, era responsable de un delito continuado de abusos sexuales desde que la víctima tenía 8 años hasta los 17, aprovechando las visitas veraniegas que la joven realizaba a casa de sus abuelos.
Según la sentencia del alto tribunal, al menos en tres ocasiones cuando la niña tenía entre 8 y 12 años Cirilio le realizó tres penetraciones con un artilugio que simulaba un pene de madera.
Además, perpetró otros abusos como tocamientos y la obligó a besarle los genitales. Posteriormente, la víctima comenzó a resistirse, pero su abuelo le siguió presionando con dinero para continuar con las vejaciones y le amenazaba si ésta decidía contarles algo a sus padres.
Video-denuncia
Los abusos continuaron hasta que la joven dijo basta, a los 22 años. En una de sus visitas a Villaflores decidió pillar in fraganti a su abuelo tras grabarle en un video con su teléfono móvil en el momento en el que éste le prometía «con insistencia» 20 euros a cambio de besar sus genitales.
En el juicio celebrado en abril del 2008 Cirilio negó los hechos y declaró que era la misma niña la que con diez años se le insinuaba y le provocaba. Pero el tribunal rechazó su versión y lo acabó condenando.
Sin embargo, la defensa de Cirilio presentó un recurso de casación ante el Supremo, que ahora ha decidido admitirlo a trámite. La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Joaquín Giménez García, considera que existieron tres delitos graves por abusos sexuales penados con entre seis y 12 años de cárcel, según el Código Penal vigente en aquel momento, que tipificaba la prescripción del delito a los diez años. Pero como los abusos sexuales «con penetración» finalizaron en agosto de 1994, y la denuncia no tuvo lugar hasta octubre de 2004, el alto tribunal ha estimado que los delitos caducaron.
La Sala de lo Penal ha adoptado la misma resolución con las otras tres condenadas por abusos, en este caso por tocamientos, que tuvieron lugar entre 1995 y 1999, y por las que fue condenado con tres años de cárcel. Estos delitos, dice el alto tribunal, también prescribieron en el 2002 con el Código Penal vigente, fechado en 1995.