Diario de León

Un juzgado impide a una cofradía ensayar en la calle

El Ayuntamiento concedió la autorización sin realizar un estudio acústico previo

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efe | málaga

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El Juzgado Contencioso-Administrativo número cinco de Málaga anuló la autorización del Ayuntamiento a la Banda de Cornetas y Tambores de la Cofradía de la Esperanza para ensayar en la plaza Fray Alonso de Santo Tomás de la ciudad, ya que dicho documento carece de estudio acústico previo. En la sentencia se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una vecina, ya que el juez declara «no conforme a derecho, nulo y sin efecto» la resolución del Ayuntamiento en la que concede autorización excepcional a la banda para ensayar en la plaza de 19:00 a 22:00 horas.

En los fundamentos jurídicos se indica que «además de faltar una petición al Ayuntamiento por parte del interesado» para solicitar un permiso para ensayar en la calle, «tampoco existe junto al expediente un estudio acústico previo a la autorización realizada, y no ha intervenido el área municipal competente en este tipo de permisos». «Cuando para dictar un acto administrativo no se sigue ningún procedimiento previo que asegure su legalidad, el acto adolece de vicio de nulidad radical», señala la sentencia.

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