Diario de León

El TS condena a un profesor de Burgos a pagar 3.000 euros al alumno al que copió

El titular de Historia del Derecho en la Universidad de Burgos se apropió de un trabajo de investigación de un estudiante de doctorado

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena al profesor titular de Historia del Derecho en la Universidad de Burgos (UBU), Rafael Sánchez Domingo, a pagar una indemnización de 3.000 euros por daño moral a un alumno de doctorado al considerar acreditado que copió literalmente en dos publicaciones suyas epígrafes del trabajo de investigación que realizó este último bajo su dirección.

El tribunal desestima el recurso de casación planteado por el profesor y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos, que declaró que el profesor había vulnerado el derecho de autor del alumno, por lo que, además de condenarle al pago de dicha indemnización, ordenó la publicación de la sentencia o al menos del contenido íntegro del fallo en la Revista Jurídica de Castilla y León, a costa del demandado. La sentencia recurrida corrigió a un juzgado de lo Mercantil de Burgos que rechazó la demanda y absolvió al profesor.

La sentencia recoge que Juan Cruz Monje Santillana realizó en 2009 dentro de un programa de doctorado un trabajo de investigación titulado ‘Las Leyes de Burgos, precedente del derecho internacional y del reconocimiento de los derechos humanos’, bajo la dirección de Rafael Sánchez Domingo, que se publicó en el repositorio institucional de la biblioteca de la UBU. Tres años más tarde, parte de ese trabajo —los epígrafes 2 y 3—, apareció reproducida de forma prácticamente literal en dos publicaciones del profesor condenado.

En concreto en el capítulo VI del libro Las Leyes de Burgos de 1512 y centenario, que redactó el profesor, y en el artículo Las Leyes de Burgos de 1512 y la doctrina jurídica de la conquista. Antes de realizar su trabajo, según los hechos probados, el alumno dio una conferencia sobre las Leyes de Burgos en un curso organizado por el recurrente, que así se lo pidió tras la ausencia del profesor que tenía que impartirla.

En su sentencia, el tribunal rechaza el alegato del profesor que defendía en su recurso que la parte reproducida del trabajo de Cruz Monje carecía de originalidad porque las ideas expuestas no eran una creación intelectual suya sino que se las había dado él antes para dar una conferencia en 2009, y porque no suponían una novedad en el campo de la ciencia jurídica, ni desde el punto de vista de su contenido ni de la expresión.

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