Diario de León

El Congreso suspende hasta mayo desahucios y cortes de suministros

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El Congreso de los Diputados ha convalidado el real decreto ley para suspender hasta que finalice el estado de alarma (9 de mayo) los desahucios por impago de alquiler de familias vulnerables sin alternativa habitacional y los cortes de luz, agua y gas, incluidos casos de ocupantes ilegales de viviendas vacías.

El documento, aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre y que se tramitará como proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, extiende hasta el fin del estado de alarma la suspensión del desahucio para que los servicios sociales puedan ofrecer soluciones a los inquilinos vulnerables sin alternativa habitacional, ha explicado este jueves el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, al defender el texto en el Congreso de los Diputados.

También se amplían las situaciones de vulnerabilidad que pueden alegarse a aquellas que no se deriven necesariamente de la covid-19 y se establece que los jueces den parte a los servicios sociales para valorar la vulnerabilidad del arrendatario o del arrendador y formular las medidas a adoptar.

COMPENSAR A LOS PROPIETARIOS

La suspensión del lanzamiento se mantendrá el tiempo necesario para aplicar las medidas sociales que procedan y siempre dentro del periodo del estado de alarma. En caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los 3 meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios tendrán derecho a una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico.

También se protegen los hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, aunque no tengan contrato de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

El juez podrá suspender el lanzamiento cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas pero nunca podrá suspenderse si es la vivienda habitual o la segunda residencia del propietario.

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