Diario de León

El paro de los autónomos podrá compatibilizarse con la actividad

El nuevo sistema de cotización mejora las prestaciones pero no incrementará los ingresos

José Luis Escrivá durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. CHEMA MOYA

José Luis Escrivá durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. CHEMA MOYA

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A partir de enero los autónomos podrán compatibilizar el cobro de una prestación por desempleo con el desarrollo de la actividad, algo que en estos momentos no está permitido. Esta es una de las novedades que incorpora el nuevo sistema de cotización por ingresos reales que este martes aprobó el Consejo de Ministros y mediante el cual casi la mitad de emprendedores pagará menos que ahora, un 25% mantendrá la misma cuota y el 25% restante (en torno a unos 750.000 trabajadores) tendrán cotizaciones más elevadas.

La nueva ley, que establece para 2023 una cuota mínima entre los 230 y los 500 euros mensuales, mejora y amplía las prestaciones del colectivo, hasta el punto de que por primera vez en la historia (con excepción del periodo de pandemia) no necesitarán bajar la persiana de sus negocios ni darse de baja en el RETA para recibir esta ayuda por desempleo.

«La prestación por cese de actividad no cumplía los objetivos ni desde el punto de vista cuantitativo ni cualitativo», reconoció el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, quien ofreció un dato muy significativo: en 2019 menos de 1.500 autónomos accedieron a esta prestación. Por eso, el Gobierno ha hecho una reformulación completa de la protección de los trabajadores por cuenta propia, manteniendo el cese de actividad ordinario pero incorporando nuevas modalidades en base a la experiencia del despliegue de prestaciones durante la pandemia y la erupción del volcán Cumbre Vieja de La Palma. Así, se reconoce una nueva prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad que podrá cobrarse durante un periodo de cuatro meses a dos años. Para poder acceder, deben acreditar una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas cuando no se cuente con trabajadores, y quienes tengan trabajadores esta misma reducción de facturación, unos ingresos por debajo del salario mínimo y tener al 60% de sus empleados en un ERTE. También se regula el cese temporal parcial por fuerza mayor cuando haya una declaración de emergencia y los autónomos pierdan el 75% de sus ingresos y se queden con una renta no superior al SMI.

Además, se adapta a los autónomos la protección que proporciona el mecanismo RED, para que puedan acogerse a él de la misma manera que los asalariados. Habrá, por tanto, un RED cíclico para cuando estalle una coyuntura macroeconómica general desfavorable y, siempre que el Consejo de Ministros lo active, los autónomos que cumplan los requisitos podrán cobrar el 50% de la base reguladora durante un año y disfrutar de un 50% de reducción de cuotas.

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