Diario de León

La ley permite aplicar el artículo 155 al Gobierno en interinidad

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Si Pedro Sánchez no logra desencallar las negociaciones para amarrar los 176 votos que necesita para ser investido, España seguirá empantanada en el limbo de un Gobierno en funciones.

Un Ejecutivo que, mientras dure el periodo de interinidad, tendrá las manos atadas para tomar decisiones, excepto algunas salvedades como la aplicación del artículo 155 de la Constitución en caso de que sea necesario.

Desde hace cuatro meses, el Gabinete socialista se mantiene a medio gas, sin más capacidad que la administración de los asuntos ordinarios -el día a día- porque adolece de competencias para adoptar iniciativas políticas o impulsar leyes, salvo en casos de urgencia manifiesta o razones de interés general. Puede aprobar reales decretos leyes. Eso sí, el Congreso debe convalidarlos en un plazo de treinta días. Según la Ley del Gobierno, el Ejecutivo tampoco puede abordar la convocatoria de referendos y consultas, plantear las cuestiones de confianza o proponer al Rey la disolución de las Cortes. Carece, además, de la potestad para elaborar Presupuestos, lo que puede convertir a las cuentas que diseñó el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro para el 2018 en las más longevas de la democracia. Sí está obligado a adoptar, en todo caso, las medidas ordinarias necesarias para evitar la parálisis de la Administración y de los servicios públicos.

Sánchez tampoco puede nombrar nuevos ministros, así que cuando Meritxell Batet fue elegida presidenta del Congreso, el titular de Agricultura, Luis Planas, tuvo que añadir el Ministerio de Política Territorial a sus responsabilidades. En noviembre puede ocurrir algo semejante con la cartera de Exteriores, cuando Josep Borrell se vaya para ocupar el puesto de Alto Representante para la Política Exterior y la Defensa de la Unión Europea.

Aunque la capacidad de maniobra del Gobierno en estos momentos está muy limitada, esto no le impediría en absoluto poder actuar ante un nuevo desafío independentista. Si los soberanistas cumplen sus amenazas y tras conocerse la sentencia del ‘procés’ -prevista, inicialmente, en el Tribunal Supremo para septiembre- continúan adelante con sus envites al Estado, el Ejecutivo de Sánchez tendría plenas facultades para adoptar las medidas contempladas en el artículo 155 de la Carta Magna. Estas medidas, en cualquier caso, requieren de la autorización de la mayoría absoluta del Senado.

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