Diario de León

SUCESOS

El detenido por saltarse un control de la policía dice que no hay pruebas

Alega que dejó el coche en un párking de León porque se había tomado unos cuantos vinos

El otoño tapiza la fachada de los Juzgados de León, actualmente en obras. RAMIRO

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León

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Un varón, detenido acusado de saltarse un control policial en Astorga que fue finalmente arrestado en León, asegura que no hay pruebas de que cometiera delito alguno y sostiene que estacionó su coche en un aparcamiento público de León porque se había tomado unos vinos.

En el recurso de apelación, la representación y defensa del imputado «trata de discutir la insuficiencia de las diligencias de investigación practicadas para deducir de ellas la comisión del delito que se imputa a su patrocinado, sin embargo, tales alegaciones carecen de todo fundamento, puesto que la suficiencia o no de las pruebas para sustentar una posible sentencia condenatoria es cuestión que podrá debatirse en la fase de juicio oral, sin que pueda entrarse ahora en otras consideraciones para no prejuzgar lo que, en definitiva, se acuerde, debiendo mantenerse el auto de imputación a la vista de los indicios existentes en la causa contra el apelante como presunto autor de los indicados delitos. De tal suerte, que el escrito de apelación parece más bien un escrito de defensa o las conclusiones que se efectúan tras la celebración del juicio oral, valorando lo practicado para deducir que no hay prueba de que el investigado haya sido la persona que con su vehículo se hubiera saltado un control policial condujera bajo la influencia del alcohol y drogas y pusiera en grave peligro a los usuarios de la vía por una conducción a velocidad excesiva y sin respetar las normas de circulación», dice la Audiencia.  

Dice el acusado que simplemente fue con su vehículo al parking y, luego tomó un taxi para su domicilio, siendo detenido cuando salía del taxi, justificando que, a veces, si se toma unos vinos, deja el vehículo en el parking de la plaza Mayor y se va a su casa. Pero, si tenemos en cuenta que indiciariamente aparca el vehículo sobre las 11.00 y los hechos que se le imputan se dice por los agentes que se cometieron con anterioridad, a las 10,20 horas en Astorga no es descartable que pudiera cometer el recurrente los hechos y luego, llegar al parking y estacionar el vehículo», sostiene el magistrado.  

«Reconocido fotográficamente por el encargado del parking, resulta indiciariamente que era la persona que introdujo el vehículo en el parking y lo estacionó. Si con anterioridad los agentes que le persiguieron desde Astorga y que perdieron el vehículo en León tomaron la matrícula e identificaron a su titular, resultan indicios suficientes para el dictado del auto objeto de recurso», explica la Sección Tercera de la Audiencia.  

«No podemos en esa fase procesal, pretender hacer un análisis de las diligencias practicadas para efectuar un juicio de probabilidad de condena o absolución, sino si existen indicios que permitan continuar el procedimiento penal contra el investigado y la decisión de sobreseimiento no parece acertada. Lo hubiera sido si el investigado hubiera dado una coartada clara de dónde estuvo a esa hora, o si, por ejemplo, se acreditara que, a esa hora, las 10.20 el vehículo estaba estacionado en el parking. En cambio, la hora de ingreso en el parking, que tras aparcar se marchara en taxi a su domicilio, que según el encargado del mismo presentara signos de haber bebido son indicios para seguir investigando».

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