Diario de León

Absueltos los cuatro procesados por la red de prostitución cántabro-berciana

La Audiencia Provincial de Cantabria asegura que no hay pruebas suficientes.

El club de alterne A-3, en Trabadelo, estuvo precintado por la Policía en el año 2007.

El club de alterne A-3, en Trabadelo, estuvo precintado por la Policía en el año 2007.

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La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria considera que no hay pruebas suficientes para acusar de los delitos de detención ilegal, explotación sexual y favorecer la inmigración ilegal, así como de un delito de derecho contra los trabajadores, a las cuatro personas a las que se acusaba de retener a mujeres extranjeras en dos club de alterne, uno de ellos en Trabadelo —el A-3—. Por lo tanto, quedan absueltas, según recoge la sentencia conocida ayer y de la que se hizo eco la agencia Efe.

La Fiscalía pedía condenas de entre 27 y 33 años de cárcel para los procesados, que son el titular de los prostíbulos de la localidad berciana y Renedo de Piélagos (Santander), M.J.F; el hombre que los explotaba, J.M.C; y un hombre y una mujer que colaboraban en la gestión de los mismos, J.A.P. y M.M.G. Pero la Audiencia considera que las declaraciones incriminatorias de los testigos protegidos quedan desvirtuadas por los testimonios de otras de las chicas que ejercían la prostitución.

Si bien la sentencia reconoce que en estos clubes había mujeres —normalmente extranjeras en situación irregular— que ejercían la prostitución y abonaban 40 euros diarios por el alojamiento y la manutención, matiza que los acusados no obtenían ningún rendimiento de los beneficios de las chicas y no consta que fijaran los precios y condiciones que se aplicaban a los clientes. Tampoco se ha demostrado —añade— que las mujeres llegaran a España engañadas, que los procesados les pagaran el viaje o que las retuvieran en los locales en contra de su voluntad para obligarlas a prostituirse. Con todo ello, la Audiencia asegura que las pruebas son escasas y «nada clarificadoras». Pruebas que se limitan a los testimonios de dos mujeres, una de ellas ya fallecida, que relató a la Policía y al Juzgado de Instrucción que vivían en condiciones «extremas» y tenían «miedo». Al respecto, la sentencia explica que la propia hermana de la fallecida, que también ejercía la prostitución, ha negado los hechos. En cuanto a las declaraciones de la segunda testigo protegida, la Audiencia encuentra un cúmulo de contradicciones y remite a los testimonios de otras chicas que también niegan que fueran obligadas a prostituirse.

Si todos estos argumentos no fuera suficientes, la sentencia de destaca que los acusados no retenían la documentación de las mujeres, como sería lógico —apunta— si quisieran coaccionarlas o retenerlas.

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