Diario de León

El jurado popular declara 'no culpable' al celador de los Ancares con un solo voto de diferencia

Considera «no veraz» el testimonio de los dos vecinos que lo situaban junto al punto de inicio del fuego

El acusado, a la izquierda, recibe la felicitación de su padre y sus familiares directos tras el veredicto de no culpabilidad.

El acusado, a la izquierda, recibe la felicitación de su padre y sus familiares directos tras el veredicto de no culpabilidad.

León

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El jurado popular consideró anoche «no culpable» por un solo voto de diferencia al celador de Ancares acusado de provocar en octubre del 2011 un incendio que arrasó 300 hectáreas en Campo del Agua. Después de cuatro días de juicio, la lectura del veredicto determinó que el Magistrado-Presidente, Manuel Ángel Peñín, dictara a renglón seguido la libre absolución del procesado.

La decisión conlleva la anulación de las medidas cautelares adoptadas (no podía acercarse a la zona y había sido apartado de su puesto de trabajo), la devolución de la fianza de 12.000 euros que había depositado y la declaración de oficio de las costas procesales.

Tras deliberar por espacio de tres horas y media, el jurado llegó a la conclusión por cinco votos a favor y cuatro en contra de que el procesado es no culpable, sustentada su tesis en el hecho de que la principal prueba de las acusaciones tenía carácter «no veraz».

Según ha podido conocer este periódico, a criterio del jurado popular, la acusación del Ministerio Fiscal no se sostiene por falta de pruebas directas pero el relato de los hechos que presenta el sospechoso tampoco es creíble y contiene demasiadas lagunas y contradicciones.

Dos vecinos de la localidad manifestaron haber visto pasar en dirección al punto en el que se inició el incendio un todoterreno de las mismas características del que usaba el imputado para su trabajo como celador de la Junta en la reserva de Ancares, y comprobaron según su versión como el conductor se detenía a un lado de la carretera, se introducía en el monte, regresaba y reemprendía la marcha instantes después y en menos de un minuto surgía una densa columna de humo de la maleza.

El jurado popular considera que la argumentación no es suficientemente veraz y se apoya en las propias manifestaciones de los testigos, que reconocieron que no podían certificar que la persona que se había bajado del Land Rover fuera el celador, pese a que uno de ellos estuviera convencido «al 100% de que tuvo que ser él».

Cinco contra cuatro

Cinco de los puntos del objeto del veredicto se resolvieron por un solo voto de diferencia y otro apartado, por tres. Una parte importante del jurado consideró que la «teoría de la confabulación» sustentada por la defensa, tenía visos de veracidad.

De acuerdo a esa tesis, el hecho de que el procesado tuviera enemistad con otro compañero con el que pugnaba para el puesto de Celador Mayor, fue básico para que un tío de su rival, jefe de agentes medioambientales de la comarca para la Junta, se afanase por inculpar al procesado y buscase testimonios que el jurado consideró no del todo sólidos.

Mucha contradicción

El jurado, no obstante, considera que el relato de los hechos que presentó el imputado en el juicio es poco veraz y considera que no tienen fundamento algunas de las tesis que sustentaban su propuesta. Sin embargo, optaron por aplicar el principio «in dubio pro reo» para evitar una condena que pudiera resultar injusta por falta de pruebas claras y concluyentes.

Ahora se abre un plazo para que las acusaciones presenten recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, aunque de acuerdo a los primeros datos recogidos anoche, no hay demasiadas esperanzas en que pueda llegar a prosperar.

También cabe seguir posteriormente en última instancia otro nuevo recurso ante el Tribunal Supremo, aunque todos estos extremos no están decididos por el momento.

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