Diario de León

TRIBUNALES

Anulan un préstamo en yenes japoneses por ser «abusivo»

Dos ponferradinos ganan la demanda y volverán a pagar el Euríbor.

Edificio  de los Juzgados en la capital.

Edificio de los Juzgados en la capital.

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El Juzgado de Primera Instancia número 7 de León, especializado en asuntos de abusos bancarios para toda la provincia, ha anulado parcialmente el cálculo multidivisa que había realizado un banco de un préstamo hipotecario a dos clientes ponferradinos y le condena a recalcularlo desde su suscripción bajo la fórmula pactada en el propio contrato de euríbor más el 0,40%, además de devolver las cuotas cobradas de más desde el año 2012, cuando los ahora demandantes solicitaron el cambio de la divisa a euros, en este caso de yenes japoneses a la moneda europea.

La demanda, presentada por el abogado ponferradino Pablo Álvarez, así lo solicitó al entender que la claúsula multidivisa del préstamo era «falta de transparencia y abusiva».

En su argumentación, el juez recuerda que la entidad alegó que los demandantes ejercieron «su elección libre», aunque también hace referencia en primer lugar a una sentencia del Tribunal Supremo en la que se declaró que «el préstamo hipotecario en divisas es un instrumento financiero derivado complejo». En un fallo de 30 folios, el magistrado desmonta uno a uno el resto de argumentos esgrimidos para concluir que, en este caso, «la razón fundamental que se aducía, para la concesión de este tipo de préstamo (por empleados de la entidad) era sin duda el beneficio económico que obtendría el cliente, al aprovecharse de la depreciación de la divisa extranjera, en el caso del yen frente al euro». Sin embargo, considera que «no puede tomarse como referencia ni los pagos mensuales, ni la firma de la carta remitida por la entidad bancaria, pues no supone un conocimiento cabal del significado económico y jurídico del contrato».

Contra este fallo se puede recurrir en la Audiencia Provincial de León.

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