Diario de León

El tribunal popular reconoce que la acusada tenía sus facultades mentales levemente alteradas

Un jurado declara culpable de matar a su madre a una mujer vallisoletana

La fiscal solicitó tras conocer el veredicto una pena de doce años de prisión para la acusada

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efe | valladolid

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? Un jurado compuesto por seis hombres y tres mujeres consideró ayer culpable a Cristina E.M., de 35 años, de matar a golpes a su madre cuando tenía las facultades mentales levemente alteradas, en el domicilio que ambas compartían, en la calle Huelgas de Valladolid, el 2 de julio de 2002. El portavoz del jurado leyó ayer el veredicto, en el que las personas que deliberaron se opusieron por unanimidad a la aplicación a la acusada de los beneficios de la remisión condicional de la pena y se mostraron no favorables a la petición de indulto en sentencia. Los miembros del jurado consideraron que, el día del suceso, la acusada se despertó sobre las 22.00 horas y comenzó a discutir con su madre, Margarita M.V., de 67 años, quien tenía prohibido el tabaco y se había fumado unos catorce cigarrillos, además de tomar tranquilizantes. La mujer cayó al suelo y la acusada la golpeó con las manos y los pies, la mordió y la arrancó parte del cuero cabelludo, tras lo que Margarita M.V., quien trató de defenderse, falleció por los golpes recibidos. La víctima sufrió una hemorragia craneal subcutánea, una embolia pulmonar grasa, y un estado de shock , además de múltiples fracturas. El jurado determinó como no probado que la procesada, cuando golpeó a su madre, no tuvo intención de causarle la muerte y estableció como probado que, cuando la golpeó, puso en peligro la vida de su progenitora. Facultades mentales alteradas Establecieron además que la acusada tenía levemente alteradas sus facultades mentales, en cuanto a saber lo que hacía y controlar sus impulsos; concluyeron que procesada y víctima mantenían una convivencia estable y señalaron que, entre ellas, existía la afectividad propia entre madre e hija. Tras conocer la decisión del jurado, la fiscal reclamó para la acusada una pena de doce años de cárcel por un delito de homicidio con circunstancia agravante de parentesco, mientras que la defensa demandó la absolución y, alternativamente, una pena de diez años de prisión. Antes de conocer el veredicto, la representante del ministerio público había reclamado una pena de quince años de prisión por un delito de homicidio con circunstancia agravante de parentesco, mientras que la defensa había demandado la absolución, por considerar como eximente completa el hecho de que la procesada sufre una alteración mental. Alternativamente, el defensor había pedido la imposición de una pena acorde con la consideración de esa circunstancia como eximente incompleta.

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