La banca española aprieta a sus clientes para cumplir la ley antiblanqueo

Quiere que actualicen lo antes posible los datos para clarificar la procedencia de sus ingresos antes de mayo.

Publicado por
josé antonio bravo | madrid
León

Creado:

Actualizado:

Cuenta atrás para que la banca ponga al día la información contenida en sus ficheros de clientes, y no precisamente porque vayamos a vivir la enésima reforma financiera de los últimos años sino porque quedan apenas cinco meses para que tengan que responder de las nuevas obligaciones que impone el reglamento de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales. En virtud de ellas, deberán disponer de los documentos precisos para acreditar cuál es el origen concreto de los ingresos de esas personas.

En realidad, las entidades más diligentes ya se pusieron a esa labor meses atrás, conscientes de que el próximo 28 de abril concluye el plazo de cinco años que la referida norma preveía para realizar las adaptaciones necesarias. La mayoría ha venido enviando cartas similares a sus clientes desde el verano, donde se les comunicaban las nuevas «exigencias» de información.

En esas misivas, los bancos les explicaban que la citada Ley de Prevención del Blanqueo les obliga a «conservar digitalizados los documentos de identidad vigentes» (DNI, tarjeta de residencia pasaporte) de sus usuarios -en el caso de las empresas se solicitan también las escrituras de la sociedad, su estructura accionarial o sus poderes-, así como «tener actualizada la información sobre su actividad económica (por ejemplo, domicilio de trabajo y la empresa empleadora en el caso de trabajadores por cuenta ajena)». Por ello, les emplazaban a remitir esta documentación «lo antes posible».

Algunos daban un plazo concreto para dicha gestión -evitaban, sin embargo, detallar el período legal previsto para la entrada en vigor de los referidos cambios normativos-, otros simplemente hablaban de «a la mayor brevedad posible». Pero en lo que todos coincidían es en la clara advertencia que hacían a sus clientes en caso de no recibir «copia» de los datos requeridos —algunas entidades mencionaban, como ejemplos, las nóminas, las declaraciones de impuestos o los recibos de autónomos—: «no podríamos garantizarle la prestación del servicio». Tampoco «nos sería posible iniciar nuevas relaciones de negocio, ni contratar nuevos productos», añadían en sus cartas las entidades, algunas de las cuales apuntaban además la posibilidad de llegar a «bloquear las cuentas».

Cargando contenidos...