Diario de León

Los traslados de los empleados sin oficina son tiempo de trabajo

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Colpisa | Madrid

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Los ciudadanos que no tengan asignado un centro de trabajo fijo o habitual deben contabilizar como tiempo de trabajo el que destinen en los desplazamientos desde su domicilio y el lugar donde vayan a realizar su actividad profesional. Así lo ha declarado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras etimar una reclamación de la Federación de Servicios de CC OO en la que indica que esos trayectos deben ser considerados como parte de la jornada efectiva de trabajo, a todos los efectos.

Existen numerosas actividades, como comerciales o distribuidores sin un centro de trabajo físico, en las que los empleados tienen que desempeñar su actividad en diversos lugares. En estos casos, se planteaba un problema a la hora de determinar cómo se tenía que llevar a cabo el cómputo de la jornada.

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