Las empresas que quieran operar en los mercados deberán tener su ‘DNI’

Quienes no tengan ese permiso, exigido por la UE, no podrán cobrar dividendos a partir del 3 de enero.

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León

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j. a. bravo | madrid

Cada cambio a una nueva normativa suele conllevar problemas de adaptación y retrasos, y el mundo de las finanzas no es ajeno. Buena muestra es el llamado ‘DNI’ de las empresas, salvoconducto que la Unión Europea exigirá desde el 3 de enero a toda persona jurídica (una sociedad) que quiera operar en los mercados bursátiles.

Ese permiso, denominado código LEI por sus siglas en inglés, se creó en 2012 a nivel internacional para paliar el brutal golpe de la mayor crisis financiera desde el desplome de 1936, que tuvo su ejemplo principal en la quiebra de la banca Lehman Brothers cinco años antes. Con él se buscaba facilitar la identificación de cada producto y cuáles eran sus propietarios reales.

Al principio solo se le exigió a las propias entidades financieras para reducir sus riesgos, aunque en Europa luego se fue extendiendo a otros ámbitos por distintas directivas y reglamentos. Así, poco a poco tuvieron que tenerlo los emisores de instrumentos financieros, los fondos y gestoras, las agencias de calificación crediticia, las aseguradoras y los fondos de pensiones, los emisores de valores al público y las entidades con contratos de derivados.

Debido a su buen funcionamiento, y a que el LEI_ya es requerido o «está en proceso de ser aplicado por otros reguladores» (EE UU, Canadá y Asia-Pacífico), la UE va a extenderlo a cualquier empresa que opere en Bolsa. Sólo las personas físicas estarán excluidas de ello, salvo que actúen a través de una sociedad.

El problema es que los afectados no parecen estar dándose mucha prisa en obtener esa ‘matricula’, que básicamente consiste en un código alfanumérico de 20 dígitos que les identifica «unívocamente a nivel mundial». Y eso que estaban advertidos desde hace más de un año, pues se incluía dentro de la Directiva sobre los Mercados de Instrumentos Financieros, más conocida por su sobrenombre galáctico de Mifid II.

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Desde marzo la Autoridad Europea de Valores y Mercados (Esma) viene realizando distintos avisos al respecto. A su vez, el regulador español -la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)- remitió en mayo una carta a sus clientes informándoles del cambio, que luego complementó con otras dos notas públicas en julio y octubre.