Los representantes sindicales podrán acordar la paralización de la actividad
El Gobierno aprueba los permisos climáticos remunerados ante las catástrofes
Habrá cuatro días retribuidos con cargo a la empresa si no son posibles los desplazamientos
El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto ley que crea los denominados «permisos climáticos remunerados», que permiten a los trabajadores faltar al trabajo durante un máximo de cuatro días en caso de catástrofes como la ocurrida hace un mes en Valencia. Estos permisos estarán retribuidos con cargo a la empresa, que podrá solicitar un erte de fuerza mayor si fuera necesario extender el periodo de ausencia en el trabajo más allá de esos cuatro días para salvaguardar la seguridad laboral de los trabajadores. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, explicó que a partir de los cuatro días de permiso, las empresas podrán decidir si siguen contribuyendo ellas al pago del permiso o si incorporan a los trabajadores a un erte.
Se tendrá derecho a este permiso remunerado por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acceder al mismo como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave o inminente. La empresa podrá establecer el trabajo a distancia según marca la ley si su actividad lo permite.
El decreto también obliga a que los convenios colectivos incluyan un protocolo de actuación y medidas de prevención de riesgos específicamente frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos. Los trabajadores tendrán derecho a ser informados de las actuaciones previstas con motivo de la activación de alertas por catástrofes y los representantes de los trabajadores podrán acordar la paralización de la actividad. Además, el Ministerio de Trabajo elaborará en un plazo máximo de doce meses un real decreto que aborde la protección de los trabajadores frente a los efectos del cambio climático en el ámbito laboral.
Estos permisos ya están vigentes con carácter extraordinario, dado que se incluyó en el segundo decreto ley de medidas urgentes aprobado el 11 de noviembre, por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de realizar la prestación laboral, además de por laborares de limpieza del domicilio habitual, por desaparición o fallecimiento de familiares o por cuidados.