El Supremo falla a favor de la banca y dificulta la nulidad de las hipotecas IRPH

Oficinas de Bankinter muestran anuncios de hipotecas.
El Tribunal Supremo hizo públicas ayer dos sentencias en las que rechaza la anulación automática del índice de referencia IRPH Es decir, serán los jueces quienes, caso por caso, determinarán su abusividad o su falta de transparencia. Tras un minucioso análisis de la doctrina marcada por la justicia europea (TJUE)en diciembre de 2024, el Alto Tribunal explica que «no cabe dar una solución unívoca sobre el carácter transparente y la abusividad de esta cláusula, pues su validez dependerá de las concretas circunstancias de cada préstamo y de cada litigio, en función de los hechos que queden probados». En concreto, el Supremo ha decidido estimar el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de 2017 y, a su vez, desestimar otro interpuesto en febrero de 2021 en la Audiencia Provincial de Girona por dos afectados por estas hipotecas. Al ser dos casos concretos, los despachos de abogados mantienen que las reclamaciones podrán seguir produciéndose. «Las valoraciones del Supremo sobre abusividad se refieren a una hipoteca firmada en 2008, cuando la brecha entre el euríbor y el IRPH era menor que en años posteriores", apuntan desde Arriaga Asociados, donde calculan que el perjuicio económico total derivado del IRPH ascendería a unos 44.000 millones de euros. Aunque la puerta sigue abierta para quienes quieran seguir litigando, las probabilidades de éxito disminuyen tras los documentos conocidos ayer.