Diario de León

El Gobierno quiere evitar la disputa con el organismo europeo, aunque sea el camino probable

La Comisión puede pedir que se suspenda el decreto sobre la CNE

Bruselas marca los plazos del procedimiento de infracción por la opa a Endesa

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Fernando Pescador - bruselas
León

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El Gobierno español -así lo reconocía a comienzos de semana el secretario de Estado para la UE, Alberto Navarro- quiere evitar que la disputa con la Comisión Europea, a cuenta del Decreto ley que modifica las atribuciones de la Comisión Nacional de la Energía, termine en el Tribunal Europeo de Justicia. Ese es, sin embargo, el camino que muy probablemente espera al caso, si la Comisión instruye el procedimiento de infracción que viene planeando desde que tuvo noticia de la maniobra de las autoridades españolas para favorecer a Gas Natural, en la pugna con E.On sobre Endesa. Al Tribunal, el eventual recurso de la Comisión Europea contra las autoridades españolas llegaría cuando se agotara el procedimiento administrativo de infracción que instruiría el Ejecutivo comunitario. El proceso Este proceso comienza con una carta de emplazamiento, en la que la Comisión solicita oficialmente información sobre la materia objeto de sus sospechas. La carta remitida por el comisario McCreevy el pasado día 3 pidiendo explicaciones por el Decreto ley en cuestión y las circunstancias en las que queda el mercado eléctrico nacional tras su entrada en vigor, no forma parte de ningún procedimiento de infracción. Se reclamaba información a título estrictamente voluntario, que el Gobierno español se ha negado a suministrar por ahora. En el caso de que, ya en pleno procedimiento de infracción, las explicaciones suministradas por del Estado miembro cuestionado, en respuesta a la carta de emplazamiento, no resuelven las dudas de la Comisión sobre la materia en litigio, esta, de acuerdo con los procedimientos al uso (artículo 226 del Tratado), emite lo que se conoce como Dictamen Motivado. En ese dictamen, Bruselas puede exigir formalmente que se corrija la situación contraria a derecho comunitario detectada en un socio de la Unión. No existen plazos predeterminados para las distintas fases de este procedimiento.

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