Una leonesa gana el primer juicio de un particular contra un banco por los clips

El juez anula el contrato del «swap» hipotecario que le vinculaba a Bankinter por vicio en el consentimiento, falta de transparencia y condiciones abusivas

La afectada tuvo que pagar hasta 1.500 euros al trimestre a mayores.

León

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Una leonesa ha conseguido la primera sentencia favorable en su cruzada contra el banco con el que contrató aparentemente un seguro que la protegía contra subidas en los tipos de interés, y se reveló como un producto financiero de alta complejidad, destinado a inversores sofisticados. Es uno más de los casos conocidos como «swaps» o clips hipotecarios, productos comercializados por varios bancos y cajas de ahorros en todo el país a lo largo del 2008 ante la tendencia alcista de los tipos de interés, y que han provocado una cascada de denuncias, sobre todo de pequeños empresarios, que se han visto seriamente perjudicados cuando los intereses han ido a la baja.

En el caso de la primera consumidora particular con una sentencia favorable, el Juzgado de Primera Instancia Número 8 de León dictó la nulidad del contrato de permuta financiera firmado con Bankinter por «vicio del consentimiento y desproporción de prestaciones». La sentencia, dictada por el magistrado Pablo Arraiza (que ya emitió otra sentencia favorable a un empresario leonés contra la misma entidad financiera), considera que la demandante no fue adecuadamente informada de los riesgos que asumía, y que fue «objeto de manipulación» por parte de la entidad al definir el producto como un seguro contra el riesgo de evolución alcista del euríbor, además de no estar recogidos en el contrato los criterios de cancelación del producto. Criterios que al final se traducían en la práctica imposibilidad del cliente de abandonar el producto, mientras el banco se reservaba la capacidad de desistir unilateralmente y sin coste alguno «en caso de evolucionar el mercado de tipos de interés en su perjuicio».

También considera el juez nulo el contrato porque las «gestiones de captación» de la cliente y la firma del contrato se realizaron en el lugar de trabjo de esta, hasta donde se desplazó el empleado que actuaba como asesor.

La afectada recibió en los primeros seis meses desde que firmó el contrato, mientras subían los intereses, menos de 40 euros. Sin embargo, cuando los tipos bajaron, llegó a pagar 1.500 euros al trimestre a Bankinter.

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