Sacyl, condenado a pagar 15.000 euros a los hijos de un paciente de 71 años que falleció tras ser operado de una pierna
Según la sentencia, "un tratamiento diferente habría evitado el resultado finalmente acaecido o habría ampliado la posibilidad de obtener un resultado satisfactorio"
Sacyl tendrá que pagar una indemnización de 15.000 euros a los hijos de A.M.B.A., de 71 años de edad, que ingresó en el servicio de Cirugía Plástica del Hospital de León en 2003 para ser intervenido de una fractura abierta de tibia y peroné y murió, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) de la que hoy informaron los servicios jurídicos del Defensor del Paciente.
Según los hechos declarados probados en la sentencia, el paciente, con antecedentes de insuficiencia renal, ingresó el 15 de septiembre de 2003 en el Complejo Asistencial de León para ser intervenido de una fractura abierta de tibia y peroné de la pierna derecha, después de haber sufrido una caída casual cinco meses antes en su domicilio y que no llegó a sanar tras los primeros tratamientos médicos recibidos.
Desde su ingreso, el paciente recibió tratamiento con gentamicina, antibiótico con conocidos y graves efectos nefrotóxicos, todo ello sin monitorización sérica ni control de toxicidad renal, a pesar de los antecedentes de insuficiencia renal del paciente, según el Defensor del Paciente.
Durante los primeros cuatro días, y hasta su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) por el deterioro en su estado de salud el día 19 de septiembre, el paciente estuvo recibiendo tratamiento indiscriminado con gentamicina, y sin control de su función renal, pasando desapercibido que no estaba eliminando la gentamicina que recibía, por lo que su función renal se encontraba gravemente deteriorada a consecuencia de los altos concentrados de este antibiótico, lo que, sumado a su insuficiencia renal de base, colocó al paciente en una situación de grave riesgo para su vida.
A.M. falleció el día 24 de octubre de 2003 por un fallo multiorgánico, siendo el fallo renal una con causa que contribuyó al fatal desenlace, como indica la sentencia. De esta manera, la sentencia del TSJ, "aplicando el criterio de la pérdida de oportunidad terapéutica", considera que la posibilidad, más o menos cierta, de que "si la administración sanitaria hubiera actuado de otra manera, el paciente habría tenido la oportunidad de obtener un resultado distinto y más favorable para su vida o integridad física". Además, "un tratamiento diferente", según dicta la sentencia, "habría evitado el resultado finalmente acaecido o habría ampliado la posibilidad de obtener un resultado satisfactorio".
Teniendo en cuenta que al fallecimiento del paciente concurrieron otras concausas distintas a la nefrotoxicidad denunciada, la Sala estimó procedente aplicar un porcentaje del 30 por ciento sobre la cuantía que habría resultado de aplicación, tomando como criterio las cantidades fijadas en la Resolución de fecha 31 de enero de 2010 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, aplicables a las indemnizaciones en caso de accidentes de circulación. De este modo, reconoció el derecho a ser indemnizados en la cuantía de 15.000 euros a los hijos del fallecido.