Límite de velocidad
El Boletín Oficial del Estado del pasado viernes hacía pública la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Pérdida de puntos
De acuerdo con la modificación del Anexo IV de la Ley sobre Tráfico, la sanción no conllevará pérdida de puntos hasta los 151 kilómetros por hora.
100 euros hasta 141
La multa por rebasar los 110 kilómetros por hora será de 100 euros hasta los 141 kilómetros por hora; a partir de 141 y hasta 161 será de 300 euros; 400 euros a partir de 161; 500 euros a partir de 171 y 600 euros a partir de 181.