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lo que dicen los juristas

Los informes jurídicos concluyen que «vulneró» su contrato

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Concluyente. Así es como se puede definir el informe jurídico encargado por Inmocaja a la asesoría de España-Duero el 11 de marzo del 2011, para determinar si Cecilio Vallejo actuó correctamente o no cuanto facturó trabajos como arquitecto a Viproelco a través de la Sociedad Sami Gestión por más de 331.500 euros.

La conclusión del informe jurídico es clara y determina que Vallejo «vulneró» su contrato de director general con la sociedad inmobiliaria de la Caja España-Duero. El informe de la abogacía de la entidad financiera, a partir de la cláusula quinta del contrato firmado el 29 de diciembre del 2006, esa en la que se le exige «plena dedicación» y se le indica que no puede ejercer, «por cuenta propia o de terceros, actividad alguna», entiende que resulta claro que «se prohíbe cualquier otra actividad, por cuenta propia o ajena, incluso aunque no supona compencia para la empresa». Además, el letrado en su informe jurídico especifica que esta prohibición dejará fuera a aquellas actividades que el director general de Inmocaja tenga autorizadas, pero para ello se le exigirá que la autorización «sea expresa». Algo que no sucede en el caso de los trabajos realizados con Viproelco.

A la vista de las pruebas presentadas y una vez demostrado que Vallejo incumplió su contrato de director general con Inmocaja, el letrado es contundente y entiende que se debe aplicar «la resolución del contrato, sin que proceda indemnización ni preaviso alguno del trabajador». Es más, el informe deja la puerta abierta a los posibles «daños y perjuicios» que Vallejo hubieran podido causar a Inmocaja.

Pérdida de confianza

En otro informe jurídico de Sagardoy Abogados, se critica la falta de diligencia de Inmocaja por no requerirle, con anterioridad a junio del 2010, para que dejara su actividad con Viproelco. Eso sí, Sagardoy sí cree que puede hablarse de «pérdida de confianza en su gestión», ya que no informó de su doble actividad, y por eso el informe concluye que lo único que correspondería hacer es quitarle su condición de alto cargo, pero no la extinción del contrato.

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