Ley Orgánica del Poder Judicial
Gallardón rectifica y mantiene todos los partidos judiciales de la provincia
Justicia descarta la supresión y trabaja ahora en la redefinición de los juzgados.

Panorámica de la fachada principal de los juzgados de Astorga.
León, Ponferrada, Astorga, La Bañeza, Cistierna, Villablino y Sahagún mantendrán hábiles sus juzgados y seguirán siendo partidos judiciales de la provincia de León tras la decisión del ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, de reconsiderar por segunda vez sus intenciones iniciales en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El ministro se echó atrás primero en su intención de desdoblar la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, afincada en Burgos. Se desdijo en sus pretensiones de trasladarla a Valladolid y la dejó como está. Sigue ahora el mismo camino con los partidos judiciales, que en un principio iban a reducirse de siete a dos. El plan inicial era que hubiera juzgados solamente en León y Ponferrada. Finalmente «se redefinirán sus funciones», pero no se eliminarán.
La estrategia se fija en los mismos términos para el resto de provincias del país. León encierra únicamente la duda de si habrá un Tribunal de Instancia único en la capital (es el nuevo modelo que se pretende instaurar, una suerte de pequeños Tribunales Superiores de Justicia a escala provincial) o si como todo apunta, podría haber dos y se habilitaría uno más en Ponferrada para El Bierzo y Laciana.
Reducir las demoras
«Esta iniciativa no supone ninguna ruptura con el modelo inicial ni con los objetivos planteados en el proyecto, que son muy claros: reducir las demoras en la resolución de los asuntos y aumentar la seguridad jurídica», explica el Ministerio de Justicia. «Los Tribunales de Instancia permiten una reorganización de la carga de trabajo entre los distintos juzgados, que actuarán bajo un único órgano judicial (el Tribunal de Instancia). Esta homogeneización se consigue mediante el reparto provincial o por Tribunales de Instancia de asuntos, la flexibilidad de las sustituciones entre los jueces dentro de un mismo tribunal y la reasignación de efectivos del mismo órgano judicial en función de las necesidades. Esto servirá para que los asuntos se resuelvan con mayor rapidez, de forma que no haya en una misma provincia un juzgado ágil y al día y otro saturado y cuyos asuntos se amontonen sobre la mesa».
Noción tradicional
Este concepto, «que ya funciona en los órdenes contencioso y social, supone que se rompe con la noción tradicional de partido judicial, que a partir de ahora se reserva para identificar las sedes de los órganos judiciales del Tribunal de Instancia y como criterio orientador para las normas de reparto».
Unificar criterios
Esta reorganización permite la resolución de asuntos de forma colegiada en algunos casos y la celebración de plenos para unificar criterios, lo que trae consigo una mayor predictibilidad de las resoluciones y que estas sean homogéneas en toda la provincia, es decir, un aumento de la seguridad jurídica», explica el ministerio.
El objetivo de la reorganización del mapa judicial es equilibrar las cargas de trabajo de los distintos juzgados para reducir los tiempos de resolución y aumentar la seguridad jurídica.