Juzgados de paz
Los actuales juzgados de paz también se mantendrán en términos muy similares a los actuales, sólo que cambiarán de denominación. Las Oficinas Judiciales de Paz, que serán las sucesoras de los Juzgados de Paz, «mantendrán la cercanía de los servicios no jurisdiccionales al ciudadano», según Justicia.
Los Juzgados de Paz son servidos por jueces legos, es decir, personas que no pertenecen a la carrera judicial, a diferencia del resto de los órganos judiciales existentes en España.
Se trata de órganos unipersonales ubicados en los municipios donde no existe Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Asumen competencias de menor importancia tanto en el orden civil como en el penal: reclamaciones inferiores 90 euros, faltas tipificadas en los arts.620, 626, 630, 632 y 633 del Código Penal , funciones delegadas en Registro Civil y asuntos similares.
Comunicación
Así mismo ofrecen un servicio relevante en materia de cooperación judicial al facilitar la comunicación de los demás órganos judiciales con los ciudadanos residentes en los municipios donde el juzgado de paz tiene su sede.
La nómina de juzgados de paz de la provincia de León que obra en el Consejo General del Poder Judicial, consultada a fecha de ayer es la siguiente:
Almanza
Benavides
Cacabelos
El Burgo Ranero
Encinedo
Fabero
Igüeña
Laguna de Negrillos
La Pola de Gordón
La Robla
Luyego
Mansilla de las Mulas
Puente Domingo Flórez
Riaño
Riello
Sabero
San Justo de la Vega
Santa Elena de Jamuz
Santa María del Páramo
Santovenia de Valdoncina
Sariegos
Soto de la Vega
Toreno
Torre del Bierzo
Valderas
Valencia de Don Juan
Valverde de la Virgen
Villafranca del Bierzo
Villamontán
Villarejo de Órbigo
Villaturiel