El año pasado se propusieron cerca de 300 extradiciones al ministerio
La propuesta de deportaciones en la provincia de León ha sufrido un ligero descenso este año, en relación al anterior. Por las 299 tramitaciones que se llevaron a cabo en 2014, este 2015 superada ya la mitad del año se contabilizan menos de 100.
La normativa vigente establece supuestos en los que no se puede llevar a cabo la expulsión. Los que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España, los que pretendan entrar ilegalmente en el país. Y aún cuando se haya adoptado una resolución de devolución, ésta no podrá llevarse a cabo y quedará en suspenso su ejecución cuando se trate de mujeres embarazadas y la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre; o se trate de personas enfermas y la medida pueda suponer un riesgo para su salud.
Tampoco cuando se formalice una solicitud de protección internacional, hasta que se resuelva sobre la solicitud o ésta no sea admitida, dado que la admisión a trámite de la solicitud de protección internacional llevará aparejada la autorización de entrada y la permanencia provisional del solicitante.
En 72 horas
La devolución será acordada por la autoridad gubernativa competente para la expulsión. Cuando la devolución no se pudiera ejecutar en el plazo de 72 horas, se solicitará de la autoridad judicial la medida de internamiento prevista para los expedientes de expulsión.
La devolución acordada por contravenir la prohibición de entrada en España conllevará la reiniciación del cómputo del plazo de prohibición de entrada que hubiese acordado la resolución de expulsión quebrantada, de acuerdo a los términos legales que recoge la normativa vigente.