Declaradas nulas las cláusulas suelo aplicadas por más de 40 entidades

Alrededor de 50.000 hipotecas de la provincia están afectadas por las condiciones «abusivas».

Los conflictos judiciales con las entidades financieras han provocado quejas de los afectados.

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León

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María J. Muñiz | león

El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid dio a conocer ayer, diez meses después de que el caso quedara visto para sentencia, la resolución sobre la macrodemanda interpuesta por la asociación de usuarios Adicae contra 101 entidades financieras por la aplicación de las cláusulas suelo. Finalmente la sentencia anula estas imposiciones en las 40 entidades a que ha quedaro reducido aquel primer grupo, después de los procesos de integracion y fusiones llevados a cabo desde 2010, cuando se interpuso la demanda. Y obliga a devolver las cantidades «cobradas indebidamente desde el 9 de mayo de 2013», la fecha a la que ahora se están aplicando las resoluciones que dan la razón a los demandantes. La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida por las entidades, deja así pendiente la resolución de si los afectados pueden exigir la devolución de las cantidades pagadas de más desde que la aplicación de estas cláusulas perjudica a sus hipotecas.

La medida afecta a alrededor de 50.000 hipotecas firmadas en la provincia, si se atiende al cálculo del Banco de España de que un 35% de las hipotecas firmadas en los últimos años estarían afectadas por estas condiciones; un cálculo que a algunos despachos de abogados les parece elevado, pero que otros colectivos como los registradores de la propiedad elevan a casi el 80% de los hipotecados. Desde 2003, cuando estas cláusulas se generalizaron, hasta finales de 2012, cuando dejaron de aplicarse generalizadamente, se suscribieron en la provincia unas 150.000 hipotecas sobre fincas urbanas.

resoluciones

Hasta el momento prácticamente la totalidad de las demandas presentadas en la provincia por consumidores (no así por compras con fines empresariales) se han resuelto dando la razón a los ciudadanos. Desde el inicio de 2015 la presentación de demandas se ha multiplicado, hasta el punto de tener que reforzar el Juzgado de lo Mercantil de León, que se encontraba prácticamente colapsado. Desde el pasado mes de octubre los procesos se han agilizado por los refuerzos y por el cambio de norma que permite a los juzgados civiles resolver estos casos.

Lo cierto es que la setencia hecha pública ayer anula las cláusulas suelo (que impiden que los hipotecados se beneficien de la rebaja de los tipos de intéres) porque las considera abusivas y concluye que carecen de transparencia, ya que se introdujeron en los contratos generales de préstamos hipotecarios a interés variable «sin que se resaltase por parte de la entidad bancaria la importancia de la inclusión de la cláusula en la vida económica del contrato».

Una circunstancia que «frustraba las expectativas del consumidor» ya que le impedía beneficiarse de las rebajas de tipos. La jueza condena a las entidades a devolver las cantidades cobradas indebidamente desde el 9 de mayo de 2013, así como los intereses que legalmente correspondan.

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Se fija esta fecha porque fue la de la sentencia del Tribunal Supremo en la que condenó a BBVA, Abanca y CajaMar a anular las cláusulas suelo; y en enero pasado anuló también las de Banco Popular. Entonces el Supremo negó la retroactividad más allá de esa fecha argumentando que ponía en peligro la solvencia del sector financiero, que estaba siendo rescatado con dinero público. Un argumento muy discutido por los abogados.