LEÓN ■ TRIBUNALES

El Ayuntamiento llega hasta el final para exigirle a la Universidad el pago del IBI

El consistorio ha elevado hasta el Tribunal Supremo su reclamación de más de 800.000 euros por cuatro años

El Edificio de Gestión Académica, afectado por la reclamación del IBI municipal.

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A. Calvo | León

El Ayuntamiento de León ha llevado hasta la última instancia judicial su reclamación a la Universidad de León del Impuesto de Bienes Inmuebles por cuatro años (del 2012 al 2015) tras presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que «siente jurisprudencia», ya que en el litigio «se enfrentan dos administraciones públicas» y a nivel nacional hay disparidad de sentencias, a favor de cada una de las partes, en función de las comunidades autónomas. Por ley, las universidades públicas están exentas del pago del impuesto —al igual que otras administraciones o la Iglesia— y las diferentes normas surgidas y sus interpretaciones han dado pie a los municipios a su reclamación, como la final de la Ley Orgánica de Universidades, en la disposición final de su modificación en 2007, en la que cita: «Los ayuntamientos mediante ordenanza podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles de organismos públicos de investigación y los de enseñanza universitaria».

La reclamación municipal del impuesto a la institución académica, que supera los 800.000 euros, hace referencia a cuatro espacios del Campus de Vegazana en los que el Ayuntamiento interpreta que no se desarrollan los fines propios de la Universidad de León: el edificio de Gestión Académica (donde también se ubica la oficina bancaria de Caja España); las dos cafeterías, que tienen edificios anejos que además acogen dependencias de vicerrectorados y servicios, junto con la radio universitaria y, por último, el solar vacío que se extiende entre la Facultad de Educación y el Módulo de Investigación Cibernética, conocido como MIC y que depende de la Escuela de Industriales.

«Constituye el patrimonio de cada universidad el conjunto de sus bienes, derechos y obligaciones. Los bienes afectos al cumplimiento de sus fines y los actos que para el desarrollo inmediato de tales fines realicen, así como sus rendimientos, disfrutarán de exención tributaria, siempre que los tributos y exenciones recaigan directamente sobre las universidades en concepto legal de contribuyentes, a no ser que sea posible legalmente la traslación de la carga tributaria», indica la ley.

El litigio comenzó a principios de este siglo y el año pasado volvió a los tribunales. Tanto los tres juzgados de lo Contencioso de León como las sala de Valladolid, ya en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, han dado la razón a la Universidad de León, por lo que el Ayuntamiento —obligado a pagar también las costas del proceso en este último nivel judicial— ha llegado hasta el Tribunal Supremo. Tan sólo, en el caso de la oficina de Caja España, que ocupa un pequeño espacio en uno de los edificios de los que reclama el impuesto municipal, los juzgados han dado la razón al consistorio al entender que su función no es propia de una institución académica. La reclamación del impuesto de esos cuatro años se eleva a más de 800.000 euros, aunque también hay que incluir los intereses.

A nivel nacional

El Ayuntamiento de León retomó la reclamación del IBI a la Universidad en 2015 y fue entonces cuando giró a la institución académica el pago de los cuatro edificios y el solar vacío, sumando también los últimos tres años, que aunque no se lo había reclamado en sus años no había prescrito su cobro. En la instancia del Tribunal Supremo, último escalafón judicial a nivel nacional, la capital leonesa ha presentado los recursos de casación de los cuatro procesos judiciales.

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En el primero de los recursos de casación aceptados por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento de León hace un alegato para que se siente jurisprudencia al respecto, ya que varios ayuntamientos se han enfrentado en los tribunales a las universidades públicas de su ciudad para reclamarles el IBI con disparidad de sentencias, lo que considera el consistorio leonés «una situación de evidente desigualdad». De hecho, una sentencia Valencia de 2001 indica que «la Universidad de Valencia está sujeta y no exenta del IBI y debe tributar al Ayuntamiento de Valencia por los bienes inmuebles de que sea titular catastral y estén situados en su término municipal, por no serle aplicable la exención prevista» y con esta premisa, desde León, remarcan en el recurso de apelación presentado en Valladolid, «que las universidades están sujetas al pago del IBI». Sin embargo, en otras comunidades, las sentencias han sido a favor de las universidades.