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León

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La legislación estipula que el Comisionado de Transparencia tiene que recibir una reclamación de quien ha solicitado una información a una administración pública y no la ha recibido. Se trata de un servicio gratuito que, en caso de oposición de la institución a la que se reclama, exige la puesta en marcha de un procedimiento contencioso-administrativo.

«Si pedimos una información y la administración a la que nos dirigimos no responde, podemos actuar aunque se haya producido un silencio administrativo. Podemos dictar una resolución y además hay un plazo máximo de tres meses para hacerlo. Son ejecutivas y de obligado cumplimiento, a diferencia de las que dicta el Procurador del Común. Se trata de decisiones vinculantes».

Hay muchos ciudadanos que aún desconocen la existencia del Comisionado «que tiene por finalidad garantizar su derecho a la información transparente y que además su tramitación es gratuita. De otra forma, hay que acudir a la justicia ordinaria, con lo que ello conlleva».A la Administración autonómica se le ha instado por ejemplo a que facilite los datos correspondientes a sus RPTs.

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