EL CONSEJO DE CAJA ESPAÑA RINDE CUENTAS
Los créditos de Llamas se sometieron a un «férreo control» interno y externo de la caja
El informe pericial de las defensas del Consejo de Administración sostiene que no hubo infracción ni perjuicio económico.
Santos Llamas, con parte del Consejo de Administración en una imagen de principios de 2010 . NORBERTO
maría j. muñiz | león
Trece de los miembros del consejo de administración de la entonces Caja España, que el 8 de enero de 2009 aprobaron por unanimidad la refinanciación de los créditos de quien entonces ostentaba la presidencia de la entidad, el constructor Santos Llamas, tendrán que declarar finalmente ante el Juzgado de Instrucción Número 5 de León este lunes y martes. Un paso más dentro de un largo proceso de instrucción que dura ya casi cinco años, y que tendrá que determinar si el caso finalmente se archiva, como han reclamado las defensas; o se abre juicio oral, como piden tanto las acusaciones particulares como el fiscal.
Los interrogatorios se basarán en los informes, contradictorios, realizados en el caso de las acusaciones por los peritos del Banco de España y en el de las defensas por expertos independientes. Este último, un informe de 786 páginas que rebate los argumentos de los peritos del supervisor, concluye que la reestructuración de las operaciones crediticias con el grupo Llamas en 2009 «estuvo sometida a un férreo control, previo y posterior, de los órganos internos de la entidad».
Es decir, fue informado, revisado y aprobado por los directivos de Caja España del Comité Central de Riesgos, el Comité de Vigilancia y la auditoría interna. Pero también por los órganos responsables externos, entre ellos los auditores independientes que emitieron sus informes sin salvedades; así como el Banco de España, que entre 2007 y 2012 no impuso sanciones. Y la Consejería de Economía de la Junta de Castilla y León, que «dio siempre su autorización a las operaciones tras confirmar su adecuación a las disposiciones vigentes».
El informe pericial de las defensas mantiene que «no existen infracciones de la normativa propia de las entidades de crédito, contable y de solvencia», en las operaciones a Llamas.
sin perjuicio económico
Defienden además que «no hubo ningún perjuicio económico para Caja España distinto del que se hubiera producido al financiar cualquier otro grupo inmobiliario sin vinculación con la entidad»; y que en todo caso las pérdidas por las operaciones de Llamas «no han sido una consecuencia de la refinanciación de 2009, sino que han estado en consonancia con las que se ha experimentado en toda la banca española por el riesgo concedido al sector inmobiliario durante la crisis última».
El informe pericial señala además que la disminución de valor calculada por los autores del segundo informe del Banco de España en el traspaso de activos de Banco Ceiss a la Sareb en 2012 no sólo «está incorrectamente calculada, porque toma en consideración el importe bruto en lugar el neto»; sino que «fue consecuencia del recorte practicado por la Sareb a este tipo de activos, y no al hecho de la reestructuración de la operaciones del grupo Llamas en 2009».
A través de una detallada argumentación el informe pericial de la defensa advierte de que las operaciones de refinanciación de deuda no sólo son legítimas sino que fueron frecuentes en aquella época; y que las del entonces presidente se siguieron calificando como normales y no dudosas porque su situación así lo permitía en aquellos momentos.
Señala también que de haber habido incorrecciones en estas operaciones serían en todo caso de carácter contable, y que de cualquier forma esa situación no se puso de manifiesto en ninguna de las inspecciones y auditorías realizadas durante años.
Incluso con la creación de Banco Ceiss a finales de 2010, que obligó a revisar todos los créditos de las dos entidades que se fusionaron, se mantuvo esta calificación tras el examen por terceros independientes, que sí recalificaron otras operaciones de créditos que consideraron de riesgo.