Anulada una hipoteca porque fue constituida en yenes
dl | redacción
El Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de León dictó una sentencia que acuerda la nulidad de un préstamo concedido en yenes –moneda de Japón- por un banco a una consumidora que acudió al mismo interesada en obtener un préstamo para la adquisición de su vivienda.
El juzgado de León reconoce ahora en su sentencia que el banco le ofreció esta modalidad de préstamo sin informar adecuadamente a la consumidora de las características y riesgos de contratar en yenes, especialmente de las graves consecuencias que podía tener para la consumidora una posible depreciación del euro respecto a la divisa contratada, como así ocurrió en los años posteriores.
Pese a que la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida por cualquiera de las partes, sí marca una tendencia que es la misma que se está dando en el resto de España.