Diario de León

caso carrasco

Un lustro que lastra para la eternidad

■ Cinco años después del crimen de Isabel Carrasco, el presidente del jurado cree «forzados» los términos legales que usó el TSJCyL para considerar cómplice a Gago ■ El policía jubilado dice que volvería a hacer lo mismo «con matices» .

Raquel Gago en la Audiencia Provincial durante el juicio por el caso Carrasco.

Raquel Gago en la Audiencia Provincial durante el juicio por el caso Carrasco.

León

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Cinco años después, el crimen de Isabel Carrasco es parte de la historia de la ciudad. Pero no del pasado. Las peculiaridades del caso lo sacarán de la hemeroteca permanentemente. Sobran los motivos.

Carlos Javier Álvarez, presidente del Tribunal del Jurado que juzgó el caso, considera que el juicio «supuso un gran reto, sin precedentes en León, para todos funcionarios que, de una manera u otra, intervinimos en la organización».

«La alta tensión ambiental me exigió una especial dedicación, como es lógico. En todo caso, todos éramos conscientes de que, esta vez, la justicia en León se sometía a una dura evaluación, y, sinceramente, creo que, pese a las dificultades y a la existencia de algún episodio anecdótico ajeno a la organización que pudo poner en peligro la misma, el resultado final fue muy satisfactorio».

«En segundo lugar, en el ámbito estrictamente jurídico, el juicio suscitó, a mi entender, dos distintos problemas de gran calado. De un lado, en el campo del procedimiento, el tema de las distintas competencias del presidente del Tribunal del Jurado (magistrado profesional) y del jurado mismo, en especial en lo relativo a la determinación del objeto del veredicto que debía emitir el segundo y de la vinculación del primero a dicho veredicto, que entendí solo abarcaba a los hechos probados pero no a la calificación jurídica de los mismos. De otro, en el campo del derecho penal sustantivo, las diferencias entre la figura de la complicidad, como forma de participación en el delito, y el encubrimiento, como delito autónomo. Y ello en lo que se refiere a la responsabilidad penal de la acusada Raquel Gago. En la sentencia, consideré que, aun respetando, como era obligado, los hechos declarados probados por el jurado, los mismos respecto de tal acusada no encajaban en la complicidad sino en el encubrimiento. Tal postura no fue compartida por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León al conocer del recurso de apelación, entendiendo lo contrario en decisión que agravaba sustancialmente la condena de dicha acusada y que fue ?confirmada finalmente por el Tribunal Supremo».

EXTENSIÓN EXCESIVA

«A mi juicio, esa tesis interpretativa, que, en definitiva, fue la que prosperó, al considerar a Raquel Gago como cómplice del asesinato y no como simple encubridora, supuso una extensión excesiva del concepto de complicidad, forzando los términos legales en que la misma se encuentra regulada en nuestro Código Penal».

EN LA MEMORIA

Pedro Mielgo, el policía nacional jubilado que la investigación considera clave para el esclarecimiento del caso (fue el testigo más próximo a los hechos y siguió a la autora material hasta su detención por parte de dos agentes de la Policía Local) ha recuperado la normalidad de su vida. Hasta cierto punto. «Es difícil olvidar una cosa así. A día de hoy, volvería a hacer lo mismo pero con algunos matices». En el transcurso de la conversación, prefiere dejar de lado la posibilidad de concretar más. «Aquello pasó y pasó. De vez en cuando te vuelve a la memoria y... es inevitable», asegura con sosiego en la palabra.

No lo pasó mejor su esposa: «Ella además ha tenido problemas de espalda y sufrió mucho con todo aquello... bueno, ya quedó atrás».

De aquello hace ya cinco años. Un lustro. Lastre de eternidad perpetua para la historia de León, que en la pasarela del Bernesga más conocida, paró el tiempo a las 17,17 horas de aquella tarde.

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