Diario de León

El Gobierno recula y no retendrá en la indemnización por accidente de tráfico

Justicia había propuesto a Hacienda cobrar un porcentaje en casos de mutuo acuerdo

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Las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico seguirán exentas en las mismas condiciones que reconoce la normativa actual, asegura el Ministerio de Hacienda, después de que diversos colectivos alertaran de una posible obligación de tributar en el futuro en el caso de los acuerdos amistosos.

Las dudas surgieron con una disposición final en el anteproyecto de ley de eficiencia procesal, diseñado por el Ministerio de Justicia, que reforma la ley del IRPF.

Los cambios introducidos en ese anteproyecto, aseguraron a Efe fuentes de Hacienda, no modifican el tratamiento tributario de las indemnizaciones que perciben las víctimas de accidentes de tráfico.

Según explicaron estas fuentes, la normativa vigente establece que están exentas del IRPF «las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida».

Es decir, cuando un accidente de tráfico no se judicializa y la indemnización deriva de un acuerdo entre las partes, que normalmente implica el pago a través de la aseguradora de la parte contraria, la exención de la indemnización está garantizada en los límites —la cuantía legal— que establece la normativa.

Los cambios que introduce el anteproyecto se refieren a «las condiciones que se deben cumplir para que accidentes distintos a los de tráfico puedan quedar exentos sin necesidad de acudir a la justicia», casos en los que se exigirá la intervención de «un tercer neutral» y que el acuerdo amistoso sea «elevado a escritura pública», precisa Hacienda.

La reforma ofrece incluso «mayores garantías para que sean declaradas exentas».

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