Diario de León

Un oficial churrero se aplasta los dedos la primera mañana que entra a trabajar

Condenan a seis meses de cárcel y 5.000 euros de multa al empresario por falta de seguridad

Jugados de León. MARCIANO PÉREZ

Jugados de León. MARCIANO PÉREZ

León

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El Juzgado de lo Penal número 1 de León condenó a seis meses de prisión y a una multa de 5.000 euros a los propietarios del obrador de una churrería de la capital, uno de cuyos trabajadores sufrió un aplastamiento de los dedos de la mano derecha mientras limpiaba la maquinaria de la empresa.

La sentencia da por probado que un oficial de segunda con contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial, sufrió un accidente con una máquina de prensado de la masa que realiza churros que le atrapó y aplastó los dedos de la mano derecha entre la parte superior del émbolo de la dosificadora de masa y la carcasa de la misma máquina. El émbolo se acciona mediante una pantalla táctil situada en el frente de la máquina. La pantalla se enciende mediante un interruptor (de color blanco) de presión que está situado en su parte superior.

El accidente ocurrió durante la limpieza de la máquina debido a que siempre hay un ligero rebosamiento de masa por encima del émbolo y a que se hacía con la máquina encendida. Fue como le enseñó a hacerlo el acusado o un compañero de trabajo. Como señaló el inspector de trabajo «estamos ante un atrapamiento con un órgano móvil de una máquina con marcado CE en tareas de limpieza. Aquí se exige seguir las instrucciones del fabricante, salvo que se articule un procedimiento diferente, aspecto que no consta». «Por ello, la limpieza debería efectuarse siempre con la máquina desconectada (incluso con la energía apagada). A ello debe unirse que el trabajador había comenzado su actividad el mismo día del accidente (no se encontraba de alta en la Seguridad Social por cuenta de la empresa) o unos pocos días antes. En todo caso, seguiría careciendo de un adiestramiento previo de mayor contenido y rigor que unas instrucciones improvisadas de un compañero de trabajo (o del responsable empresarial) que, por lo visto, desconocía el manual de instrucciones de la máquina (de hecho se le requirió en la visita y manifestó ignorar su existencia)», dice la sentencia.

«Por ello, se ha producido un indebido uso del equipo por un trabajador sin la suficiente formación para la tarea de limpieza, que es mucho más peligrosa que la de funcionamiento normal, porque en ésta el émbolo se halla dentro del tubo dispensador de masa y es inaccesible.

La infracción se tipificó por la Inspección de Trabajo como grave, de acuerdo con la Ley sobre infracciones y Sanciones en el Orden Social, con propuesta de una sanción de 5.000 euros. También se inició expediente de responsabilidad empresarial de recargo de prestaciones económicas de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo del 30% por falta de medidas de seguridad.

Las lesiones consistieron en fractura abierta de falange distal de segundo dedo mano derecha, amputación parcial a nivel del cuello de F1 de tercer dedo, amputación parcial a nivel de falange proximal de cuarto dedo y amputación parcial a nivel de tercio proximal de F2 de quinto dedo de mano derecha. Se realizó bajo anestesia general remodelado de los muñones de amputación y posteriormente tratamiento rehabilitador. Precisó para su curación de tratamiento facultativo y tardó en curar 156 días impeditivos para sus ocupaciones habituales, cinco de los cuales estuvo ingresado en el hospital.

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