Diario de León

SUCESOS

Reabierta la causa por la muerte del esquiador en León

La Audiencia duda si el accidente de abril en San Isidro fue en realidad homicidio imprudente

El accidente tuvo lugar en la estación de San Isidro. DL

El accidente tuvo lugar en la estación de San Isidro. DL

León

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La Audiencia Provincial de León acordó estimar recurso de apelación planteado por la representación procesal de un conocido hostelero de Guardo (Palencia) que falleció mientras esquiaba en la estación de San Isidro el pasado mes de abril.

El Palacio de Justicia de León decidió dejar sin efecto el auto de sobreseimiento provisional dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cistierna y ordena la práctica de una instrucción «suficiente para la determinación de la naturaleza del accidente acaecido, tras la cual la señora instructora podrá adoptar la decisión que tenga por conveniente con total y absoluta libertad de criterio», explica la Sección Tercera.

El accidente se produjo al colisionar los dos implicados en una de las pistas de la estación de San Isidro. El fallecido era un conocido hostelero de la localidad mientras que el herido regentaba una cristalería.

Nicanor Sen, diputado provincial que se desplazó hasta el lugar del accidente, señaló en su día que uno de los esquiadores falleció debido a la violencia de la colisión mientras que el otro resultó herido de gravedad.

Testigos

«Examinadas las actuaciones a los solos efectos de este recurso y sin que ello implique prejuzgar la resolución que pudiera dictarse en ulterior trámite procesal, esta Audiencia estima que la instrucción practicada no permite alcanzar una convicción sobre la relevancia, o no, del hecho denunciado, lo cual no cabe excluir de antemano a la vista de la inspección ocular de la Guardia Civil que obra en el atestado y de la que se desprende que pudo existir al menos en hipótesis alguna clase de imprudencia en el otro esquiador, que resultó herido de gravedad», dice el auto de la Audiencia.

Ampliación
Exige a la Guardia Civil que tome declaración a cuatro testigos para saber si hubo responsabilidad

Se hace, pues, precisa una instrucción «suficiente para alcanzar una convicción fundada sobre la naturaleza del suceso acaecido con resultado de muerte, recibiendo declaración al respecto al implicado en la colisión y a los testigos que vieron el accidente o pueden dar razón del mismo, según lo que manifestaron a la Guardia Civil». 

Se trata de cuatro personas que se encontraban en la zona en el momento de los hechos a las que se tienen por identificadas y que deberán responder con sus testimonios. 

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