Diario de León

La Audiencia investiga tocamientos a una menor con un cáncer de ojos

Un segundo varón imputado por los hechos queda fuera del caso tras archivarse su causa

León

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La Audiencia Provincial ha decretado a través de su Sección Tercera que continúen las investigaciones abiertas por un posible caso de tocamientos a una menor que padecía un cáncer de ojos.

La joven y otra acompañante se encontraban el día 19 de agosto de 2022, sobre las 2.40 horas aproximadamente en el interior de un establecimiento de hostelería saliendo posteriormente ambas a fumar un cigarrillo al exterior del lugar. Una vez que se encontraban sentadas enfrente de dicho pub, el acusado se dirigió a una de ellas y le dijo que se fuera a casa con él, comenzando posteriormente a realizarla diversos tocamientos por los pechos e incluso a besarle en la boca, siendo rechazados estos hechos por la menor en todo momento.

Posteriormente, durante un tiempo insistió a la menor para que se fuera con él. La víctima presenta una discapacidad visual, en concreto ha sido diagnosticada de retinoblastoma. Respecto de a un segundo varón, se acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones por auto de fecha 24 de mayo de 2023.  «La sala, sin perjuicio de las pruebas que puedan llegar a solicitarse por las partes y sin prejuzgar en modo alguno el resultado de juicio oral que pueda llegar a celebrarse y sin perjuicio de ulterior calificación, sí constata que los hechos podrían tener relevancia penal».

SIN ANTICIPARSE

Los magistrados recuerdan que la decisión no significa necesariamente que haya una predisposición marcada ya sobre el marchamo del fallo: «Reiteramos que esta resolución no supone anticipo alguno del resultado del plenario ni de las pruebas que puedan llegar a practicarse en el mismo, que deberán ser objeto de estudio y resolución en la sentencia que resuelva sobre el fondo del asunto planteado y todo ello después de valorar la prueba que se pueda llegar a practicar en el acto del juicio oral, ya que la duda sobre su participación en los hechos imputados, después de celebrarse el juicio y de practicarse y valorarse la prueba, necesariamente debe suponer su absolución, pero los racionales indicios de criminalidad existentes en esta fase procesal justifican la resolución recurrida al constar que, supuestamente, el investigado, atentó contra la libertad sexual de la denunciante y ello aunque no mediara ni violencia ni intimidación para vencer su voluntad contraria, al tocarla supuestamente los pechos y besarla en la boca, y ello sin contar con un verdadero consentimiento de esta, valorable como libre ejercicio de su libertad sexual, lo que se indica los efectos previstos en el Código Penal vigente cuando se produjeron los hechos», explica el texto de la resolución dictada desde la Sección Tercera y que indica el camino a seguir desde ahora.

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