El Ayuntamiento de León teme el "efecto llamada" tras darle el juez 149.858 € a un empleado por exceso de trabajo
El consistorio encarga fuera el recurso contra la sentencia que le obliga a indemnizar a su abogado

Imagen de las oficinas municipales del consistorio en la sede de Ordoño II. JESÚS F. SALVADORES
Si no interponen recurso contra el fallo que le obliga a indemnizar a su propio abogado con 149.858,34 euros «por los daños y perjuicios irrogados al haber asumido mayor cantidad de trabajo del que le correspondía», el equipo de gobierno del consistorio de la capital leonesa teme que «se produciría un ‘efecto llamada’». Habría más denuncias porque «el hecho de ‘haber asumido mayor cantidad de trabajo del que le corresponde’ por funcionario o empleado público del Ayuntamiento de León ‘a consecuencia de las vacantes existentes así como por las bajas de sus compañeros’, actuaciones éstas que motivan, en última instancia, la sentencia, es una constante en los puestos de responsabilidad técnica del Ayuntamiento de León», admiten los responsables municipales.
La situación se da «ante la cascada de jubilaciones que se produce, y el menor ritmo en la reposición de los efectivos que se jubilan derivado de la vigente legislación en esta materia, que dilata en el tiempo la entrada en vigor de los instrumentos necesarios para llevar a efecto tal reposición de efectivos (Ofertas de Empleo Público anuales, procedimientos de selección de personal complejos, etcétera)». El argumentario resume la justificación del gobierno del PSOE no sólo para la imposición del recurso, sino para el encargo a un despacho externo, radicado en Madrid, que ejerza las funciones necesarias para intentar que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revierta el fallo dictado por el juzgado contencioso administrativo número 3 de León, cuya noticia adelantó este periódico en su edición del 23 de septiembre.
El encargo, por designación directa sin publicidad, recae de nuevo en el mismo bufete de abogados al que ya se recurrió en primera instancia. Ramón y Cajal Abogados, S.L.P representará al Ayuntamiento de León en el proceso. Por la «preparación, elaboración y presentación del recurso de apelación» recibirá 14.520 euros, a los que se suman otros 3.025 euros por «la preparación, elaboración y presentación del recurso del escrito de oposición al eventual recurso de apelación que se pueda interponer por el recurrente». En suma, 17.545 euros que se añaden a los 18.089,5 euros que ya recibió el despacho madrileño por las actuaciones en el primero de los juicios.
El trabajo de los letrados madrileños, que evita que los otros dos letrados actuales del consistorio tengan que ejercer sus funciones contra su propio compañero, se enfrenta al fallo del contencioso de León que asienta la «probada situación permanente y continuada de exceso de trabajo, vinculada causalmente a la prolongada desatención e inactividad del Ayuntamiento de León en la provisión de las vacantes». La sentencia no le reconoció el pago de los 491.446,49 euros, más daños morales, estimados en un 25 %, que pedía el abogado del consistorio, al advertir que la ley impide reclamar cantidades anteriores a cuatro años, pero sí los 149.858,34 euros, más los intereses que se devenguen.
El abogado, que prolongó su servicio activo hasta el máximo de los 70 años y aún sigue en el consistorio, basó su reclamación en que desde enero de 2014 la asesoría jurídica, formada por tres personas, se había quedado en tan solo dos por la baja de un compañero y, a partir de marzo de 2020, con solo una al pasar a «la situación de servicios especiales» el otro, que había tenido tres períodos de baja durante estos años, y no se resolvió hasta mayo de 2022 con la entrada de dos interinos. Frente a los criterios del consistorio, que esgrimía como aval un informe del Consejo Consultivo y defendía que no podía considerarse un daño patrimonial, el juez remarcó que «la carga de trabajo» del letrado «se ha multiplicado en términos inasumibles, realizando él solo el trabajo de tres personas». «Concurre, por tanto, un anormal funcionamiento de la administración, advertido repetida y diligentemente por el actor a sus superiores, que hicieron caso omiso de tales advertencias, y que tuvo como consecuencia la imposición de facto al recurrente de una carga de trabajo desmedida e insoportable», se lee en el fallo que ahora intentará revertir el Ayuntamiento para que no se siente precedente y haya un «efecto llamada»