El alcalde de León estudia recurrir al TS y aplazar la devolución de la tasa de basura a los vecinos
Díez concede que, si el fallo se hace firme, reintegrará el dinero a todos, pese a que no recurrieran. El regidor encarga a los servicios jurídicos que evalúen si hay argumentos para poder acudir en casación

Los trabajadores temen que haya una nueva avalancha de quejas y reclamaciones.
La celeridad del cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anula la ordenanza reguladora de la tasa de tratamiento de basura de 2024, con la consiguiente obligación a devolver los 5,1 M€ cobrados a los vecinos y empresas, queda en manos del equipo de gobierno del Ayuntamiento de León. Si la acata, como hizo con el fallo que desmontó también el tributo de 2025, en los próximos meses reingresarán el dinero a quienes pagaron. Si opta por presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) para intentar revertir el criterio de los magistrados, aplazarán la devolución en una carrera adelante por librarse de ese recibo que, por sorpresa, les llegó a los leoneses a partir de octubre del pasado año en los domicilios con su requerimiento mediante una carta certificada para que pagaran 38 euros por vivienda, mientras que en los comercios la factura alcanzaba los 4.000 euros, en industrias los 3.000 euros y en oficinas los 1.998,8 euros.
Por si existe salida, los servicios jurídicos municipales «están analizando y estudiando las posibilidades que hay» de invocar la casación ante el Supremo, concedió el alcalde, José Antonio Diez. No entró el regidor del PSOE a analizar el fallo, en el que el TSJ da un nuevo varapalo al Ayuntamiento, condenado a su segunda nulidad de pleno derecho seguida en apenas cinco meses, esta vez por aprobar la ordenanza de tratamiento de la basura de 2024 con una «manifiesta falta de motivación» de los «criterios de cálculo» de la tasa, además del «defecto esencial» de la ausencia del «informe preceptivo sobre la evaluación del impacto de género», como se recalca en la sentencia. Sólo se comprometió a que, en caso de que se haga firme, «sin ningún lugar a dudas se devolverán los importes íntegros a todos, independientemente» de que hayan presentado recurso o no.
La resolución se adoptará «en los próximos días, a lo largo de la semana que viene», emplazó Diez. «En función de la decisión tomaremos las decisiones que haya que tomar», apostilló, escueto, sin aludir a que la sentencia implica no sólo la devolución de la tasa de tratamiento de basura 2024, sino que el Ayuntamiento se queda sin sustento normativo para poder cobrar el tributo de 2025, todavía pendiente de girar el recibo, y el de 2026. No podrá tampoco en 2027 hasta que no cuente con una normativa acorde a la legalidad.
La suma por los tres ejercicios en interrogante llega a 15,3 millones. La administración se quedaría sin poder recaudarlo. Pero, cobre o no el dinero de los recibos que hasta 2023 se gestionaba a través del consorcio de Gersul, el Ayuntamiento tiene que pagarle a la Diputación por el uso del Centro de Tratamiento de Residuos (CTR) una factura que, en la última anualidad cerrada, ascendió a 4.280.641 euros.
El texto tendrá que salvar las irregularidades que los magistrados advirtieron con respecto al tributo de 2024. Tendrá que contar con «el informe sobre evaluación del impacto de género», una obligación que marcan las leyes nacional y autonómica, y que se presenta como muy difícil de salvar ante el Supremo.
Más a fondo, el TSJ censura la «manifiesta falta de motivación en el informe técnico económico de los criterios del cálculo de la base imponible y la cuota de la tasa y sobre la proporcionalidad en las tarifas en términos concretados, con vulneración del principio de capacidad económica». La traducción atiende al argumento defendido en su recurso por el particular y la empresa Property Let SL, que alegaron que «una vivienda de 50 metros cuadrados en cuanto producción de residuos no puede ser lo mismo, siguiendo criterios puramente objetivos como establece la ordenanza, que una vivienda de 500 metros cuadrados y, sin embargo, ambas pagan la misma cantidad, 38 euros». «Más clamorosa resulta la desproporción si comparamos el caso de una vivienda de 5.000 metros cuadrados con una oficina de idéntica superficie: la tasa que pagaría esa descomunal vivienda será de 38 euros y la oficina pagaría 1.999,8 euros al año, es decir, un 5.262,63% más», señalan.
Frente a estos dos argumentos de nulidad, el Ayuntamiento busca una grieta para que le atienda el Supremo. Si los servicios jurídicos no la hallan y Diez no se empecina, la tasa de la basura se devolverá.