Qué hacer si chocas contra un jabalí en una carretera de León: el paso obligatorio para que el seguro cubra los daños
La Guardia Civil de Tráfico advierte sobre los trámites imprescindibles que debes realizar en el mismo kilómetro del impacto, lo contrario puede traer problemas con las aseguradoras

Un ejemplar de jabalí, uno de los animales salvajes de los que más se está hablando, en busca de comida.
La provincia de León registra cada año centenares de accidentes de tráfico provocados por la irrupción de fauna salvaje, especialmente en vías secundarias que cruzan cotos de caza y zonas de montaña donde la población de jabalíes (Sus scrofa) ha experimentado un notable crecimiento. Por ello, desde la Guardia Civil de Tráfico advierte que un impacto contra un ejemplar de gran tamaño no solo pone en grave riesgo la seguridad vial de los conductores, sino que también genera un complejo laberinto burocrático con las entidades aseguradoras y la administración pública si no se siguen los protocolos legales establecidos desde el primer instante. Saber cómo actuar y solicitar el atestado oficial es la única prueba reina para evitar disgustos económicos con tu póliza: el primer es asegurar la zona y contactar con las autoridades para levantar un atestado que valide la cobertura total de los daños ante el seguro.
Es decir, la normativa actual de tráfico y seguridad vial exige una serie de actuaciones inexcusables sobre el asfalto que garantizan tanto la cobertura de la póliza como la correcta gestión del atestado por parte de las autoridades competentes en la provincia leonesa.
El protocolo de seguridad y el atestado obligatorio de la Guardia Civil de Tráfico
El primer paso indispensable tras sufrir el accidente es detener el vehículo en un lugar seguro, encender las luces de emergencia y colocar los triángulos de señalización o la luz homologada V-16 respetando la distancia reglamentaria.
A continuación, el conductor debe contactar de inmediato con el servicio de emergencias 1-1-2 de Castilla y León para notificar el suceso. Es absolutamente obligatorio solicitar la presencia de una patrulla del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de León para que acuda al lugar de los hechos y levante un atestado oficial.
Este documento policial constituye la prueba reina para la compañía aseguradora, ya que en él se reflejarán la fecha, la hora exacta, el kilómetro preciso de la carretera leonesa, la existencia de restos biológicos del animal —como sangre, pelos o fragmentos de piel— y la ausencia de una conducta imprudente al volante.
Sin este parte oficial de la Guardia Civil, la mayoría de las pólizas a todo riesgo con franquicia o las específicas de colisión con animales cinegéticos denegarán la indemnización por daños materiales, amparándose en la falta de acreditación fehaciente del siniestro.
La nueva Ley de Tráfico y la responsabilidad en los cotos de caza de León
Hasta la última modificación de la legislación estatal sobre seguridad vial, la responsabilidad en los atropollados de especies de caza recaía casi en exclusiva sobre los propios conductores, salvo que se demostrase la negligencia directa de los titulares del coto de caza colindante o de la administración titular de la carretera debido a una batida reciente o a la falta de señalización de advertencia de animales sueltos.
La normativa actual establece que la responsabilidad del atropello recae sobre el conductor, salvo que el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de especies mayor que se esté celebrando ese mismo día en las inmediaciones, o bien por la deficiencia en el cerramiento de la vía o la falta de señalización de pasos frecuentes.
Por este motivo, el atestado de la Guardia Civil debe reflejar también si en las inmediaciones de la calzada leonesa se encontraba señalizada la peligrosidad por animales o si existía algún aviso previo de batida de caza mayor.
Asimismo, bajo ningún concepto se debe mover o intentar retirar el jabalí atropellado de la calzada por medios propios, ya que manipular un animal silvestre muerto está catalogado como un delito de furtivismo según la legislación autonómica de Castilla y León, además del evidente riesgo sanitario que supone la manipulación de cadáveres de animales sin el control higiénico de los agentes forestales o veterinarios competentes de la Junta de León.