Diario de León

Caja España considera un «caso puntual» una denuncia de Ausbanc

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Caja España considera un «caso puntual» la demanda hecha pública ayer en León por el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, que dio a conocer un auto de la Audiencia Provincial de Madrid que desestima el recurso de apelación interpuesto por Caja España contra otro auto del Juzgado de Primera Instancia 55 de Madrid, en el que se estimaba la demanda planteada por una familia contra la entidad financiera por haber ejecutado el cobro total de una deuda de la que habían pagado ya una parte. En noviembre del 2004 Caja España reclamó 17.306 euros a esta familia, que había dejado de pagar las cuotas de sus préstamos. Un mes después la entidad demandó a los deudores, aunque según Ausbanc no se lo comunicó. Los clientes pagaron algunas cantidades para reducir su deuda, pero cuando el juzgado ordenó la ejecución del cobro desconocía esta reducción en la deuda, por lo que reclamó el total de lo debido. Pineda destacó que los autos judiciales consideran la actuación de Caja España «abusiva, opaca y temeraria», y que en su opinión estas situaciones se producen «porque el grupo de los impositores en la caja no representa a los clientes». Por eso adelantó que la próxima semana firmará un acuerdo con el grupo de impositores cuya lista encabezó Pedro Conde; candidatura de la que los dos primeros miembros fueron expulsados de la asamblea por perjudicar a la imagen de la entidad al comprar los votos de los impositores a cambio de cien euros. Puntualización Por su parte Caja España recuerda que el auto («no sentencia», puntualiza) se dictó sobre una demanda puntual de reclamación de deuda, y que se trata de una cuestión «puramente formal y relativa al momento procesal en que se deben comunicar los pagos parciales al juzgado». El auto del juzgado de instrucción madrileño explica con dureza en su auto que la caja, «queremos pensar que sin mala fe, ha ocultado sistemáticamente los ingresos en una postura de opacidad de difícil comprensión»; y estima en su momento la demanda de los clientes de la entidad «haciendo declaración expresa de la temeridad dimanante de la opacidad». Caja España matiza que el auto de la Audiendia Provincial de Madrid no califica la actuación como temeraria en ningún momento, «ni puede decudirse de su contenido» que lo interprete; y que «ni ignoró los pagos ni pretendió cobrar una cantidad superior a la que se le debía».

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