Diario de León

La sentencia cree probado que el imputado asesinó a su ex novia con alevosía y ensañamiento

Condenan a 23 años de prisión al acusado por el crimen del maletero

Las indemnizaciones alcanzan a los hijos, las hermanas y la madre de la víctima y suman 251.000 euros Otros juicios:

Miguel Ángel Zamora
León

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La sección primera de la Audiencia Provincial hizo público ayer el fallo por el que se establece una condena de 23 años de prisión para el imputado por el crimen del maletero, que fue juzgado hace dos semanas en el Palacio de Justicia, acusado y hallado por unanimidad culpable de asesinar a su ex compañera sentimental en septiembre del 2004, cuyo cadáver introdujo en el maletero del coche de la víctima, que dejó aparcado en el Paseo de Salamanca de la capital. La sentencia fija también indemnizaciones por valor de 100.000 euros para cada uno de los dos hijos de la fallecida, 30.000 euros para la madre de la víctima y 7.000 más para sus tres hermanas. Explica también el texto que el reo, deberá hacerse cargo de las costas procesales de las partes, a excepción de las correspondientes a la acusación popular, encarnadas por la sección autonómica de la Asociación Clara Campoamor «ante la absoluta inexistencia de relación su dependencia directa con la misma de la fallecida y consecuente carencia de concreto interés de persecución de interés económico legítimo en la actuación procesal». El apartado de hechos probados señala que el acusado mantenía una relación sentimental con la víctima y sus hijos, que se prolongó desde septiembre del 2001 hasta agosto del 2004, en el transcurso de la cual, surgieron desavenencias que se concretaron en denuncias contra el condenado por actos de violencia hacia la víctima. La ruptura fue el detonante Después de que la mujer decidió poner fin a la relación sentimental, a la vista de estos episodios, siempre según la sentencia, el procesado no aceptó pacíficamente la determinación, y se dedicó a llamar por teléfono de forma reiterada a su ex compañera sentimental, a la que convenció en los primeros días de septiembre del 2004 para que acudiese al domicilio en el que él habitaba, con el fin de retirar objetos de su pertenencia, que tiraría a la basura de no personarse a recogerlos. Una vez que ella se presentó en la casa, trató de convencerla de que reanudasen a toda costa la relación sentimental. Ante la oposición de la víctima, el procesado le causó con un objeto punzante similar a un arma blanca múltiples heridas y posteriormente la golpeó tras un oído con un objeto cilíndrico, causando a la mujer una herida que sangró de forma muy abundante y la dejó casi sin defensa. Posteriormente, con maniobras bruscas, le rompió el cuello, causándole la muerte de forma casi instantánea. El procesado fregó y raspó a continuación los restos de sangre que se produjeron en las paredes y suelo de su casa a consecuencia de lo ocurrido, y depositó el cadáver en el punto en que apareció el 16 de septiembre del 2004. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días.

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