Diario de León

Para excursionistas, empresas y trabajadores del campo

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León

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Las medidas preventivas en cuanto al uso del fuego en zonas recreativas recomendadas por la Consejería de Medio Ambiente son las siguientes Obligación del usuario de asegurarse de una distancia mayor de tres metros desde la ignición a cualquier combustible susceptible de propagar el fuego. Permanecerá vigilante y junto al fuego y estará obligado a tener algún medio de extinción a mano. Antes de ausentarse, deberá cerciorarse de que el fuego está totalmente apagado. Cuando el viento muevas las hojas de los árboles de forma apreciable y en días muy calurosos en que la temperatura supere los 38 grados, estará prohibido encender fuego. Limpieza de cunetas Los organismos, entidades concesionarias y particulares tomarán medidas de seguridad oportunas con respecto a la limpieza de cunetas y zonas de servidumbre de caminos, carreteras y vías férreas. Agricultura Los agricultores deberán realizar además, tras la cosecha, en las parcelas de cultivos anuales situadas a menos de 400 metros de una masa forestal, franjas perimetrales de una anchura mínima de tres metros. Si la parcela es colindante con un casco urbano o masa forestal, la anchura de la franja de seguridad asciende hasta los 20 metros.

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