Diario de León

LEÓN ■ el futuro del carbón autóctono

El Gobierno impedirá el cierre de las centrales térmicas si amenaza la seguridad de suministro o los precios

El Gobierno envía a la CNMC el Real Decreto que subordina las decisiones al interés general

Central térmica de Iberdrola en Velilla del Río Carrión. RAMIRO

Central térmica de Iberdrola en Velilla del Río Carrión. RAMIRO

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m.r. / j.m.c. | león / madrid

El Gobierno denegará el permiso para el cierre de centrales térmicas cuando amenace a la seguridad de suministro eléctrico o a la seguridad del abastecimiento de materias primas, así como cuando suponga efectos desfavorables en los precios de la electricidad, en la competencia en el mercado eléctrico y en el cumplimiento de los objetivos en la planificación de energía y clima vigente.

Así se recoge en el Real Decreto que regula el cierre de centrales eléctricas en España y que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital envió ayer a la Comisión Nacional de Mercados y Competencia y en el que el Gobierno ratifica su posición de que las decisiones tomadas por las empresas en el ámbito energético «deben estar subordinadas al interés general y a la planificación en esta materia. Esta posición encuentra pleno amparo en los preceptos constitucionales (artículos 38 y 128) y en la regulación vigente del sector eléctrico», según señala Energía en un comunicado.

El reglamento tiene como finalidad regular el procedimiento de cierre de las instalaciones de producción de energía eléctrica y, a diferencia del régimen actual, que solo contempla la seguridad del suministro, la autorización del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital únicamente se concederá «tras valorar adicionalmente la coherencia del cierre con el cumplimiento de los objetivos medioambientales y del clima, así como la coherencia de los precios y la competencia del mercado eléctrico».

El reglamento establece como ámbito de aplicación las instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia superior a 50 MW, con independencia de su tecnología, por ser aquellas que requieren autorización del propio Ministerio para su operación. Las centrales de menor tamaño se regirán por el marco de autorización propio de las Comunidades Autónomas.

Solo el titular de la instalación podrá solicitar la autorización administrativa de cierre correspondiente ante la Dirección General de Política Energética y Minas. Junto a la solicitud, deberá adjuntar varios documentos, como una memoria justificativa en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otra índole que fundamenten el cierre, información técnica de la instalación y un plan técnico y económico de desmantelamiento.

Una vez recibida la solicitud, el Ministerio de Energía solicitará a REE, Enagás, CNMC y otros organismos implicados los correspondientes informes que valorarán el eventual cierre.

El ministerio, teniendo en cuenta los informes, resolverá la autorización o denegación de la solicitud. En caso de denegación de la solicitud, el titular de la instalación deberá continuar con la actividad por sí mismo o transmitir la instalación a un tercero, lo que podrá hacer si así lo desea mediante una subasta regulada por el Real Decreto. Esta subasta permitirá establecer si la instalación tiene valor económico para un operador distinto y, siendo este el caso, facilitar su transmisión para que continúe operando la central.

Además, si el mecanismo de subasta no permite la transmisión a un tercero, podría aprobarse un esquema de compensación por la continuidad de la actividad. Dicho esquema se diseñará para asegurar que se otorga al menor coste posible, y en todo caso, con un coste inferior al beneficio económico que los consumidores derivarían de la continuidad de la actividad.

Aplicación del Real Decreto

El Real Decreto será de aplicación a todos los cierres que hayan sido solicitados desde la consulta pública en esta materia lanzada por el Ministerio de Energía en julio de este año y sobre los que aún no haya recaído resolución administrativa. En línea con esto, el Ministerio ha solicitado, en aplicación del artículo 20.4 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, al titular de las centrales de Lada y la Velilla la remisión de la información contable de dichas centrales correspondiente a los últimos tres años.

El ministro de Energía, Alvaro Nadal, respondió ayer a Iberdrola sobre el anuncio de cierre de las dos últimas centrales de carbón que tiene en España con un mensaje en el que recordó que es el Gobierno el que tiene la última palabra en esta decisión estratégica y que no se puede prescindir de esta fuente energética de forma tan repentina.

Nadal recordó que el sistema necesita mantener las centrales de carbón dentro del ‘mix’ energético y que la decisión de la compañía eléctrica presidida por Ignacio Galán tiene que ser «compatible» con la política energética. La resolución final tardará en llegar porque el Ejecutivo estudiará «con tranquilidad» la petición de Iberdrola y cumpliendo con «todos los trámites» sin prisa.

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