La Junta se pliega a la normativa europea y prohíbe cazar tórtolas
Establece su cupo cero y limita a tres piezas al día el de la becada y a 25 el de la codorniz
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha dejado sin efecto la Orden de 6 de agosto por la que se establecen medidas de protección para las especies cazables y ha decidido establecer cupo «cero» para la tórtola común.
A través de una Orden publicada ayer en el Bocyl, se ha fijado el número máximo de piezas a cobrar por cazador y día que será de 25 para la codorniz y de cero para la tórtola común, en tres para la becada, en cuatro para el avefría y en tres para ambas agachadizas (computadas de forma conjunta).
En el caso concreto de la tórtola común, el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, apela al Dictamen Motivado de 3 de diciembre de 2020 de la Comisión Europea dirigido al Reino de España en virtud del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por incumplimiento de las obligaciones relativa a la conservación de las aves silvestres.
Ese informe incide en el «presunto incumplimiento» de la citada Directiva por, entre otros aspectos, no asumir «niveles de caza sostenibles» que conduce a una «elevada extracción de sus poblaciones sin que existan mecanismos de control del nivel de capturas».
En respuesta al Dictamen Motivado, el Reino de España comunicó a la Comisión la voluntad de asumir las conclusiones que al efecto se establecieran por el consorcio científico al que se le encomendó fijar los principios para la gestión adaptativa de la tórtola a nivel europeo. Ese consorcio recomienda a los estados miembros del corredor migratorio occidental suspender la caza con el establecimiento de una «cuota cero» que será «reversible» en función de la evolución poblacionales y técnicas.