TRIBUNALES

La Audiencia absuelve por falta de pruebas al acusado de incendiar La Cabrera en 2017

Estima que existen «sospechas generalizadas» de que pudo ser el autor del fuego pero no bastan para condenarle

Una vecina de Encinedo contempla las llamas que arrasaron 9.800 hectáreas. JESÚS F. SALVADORES

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MARÍA CARNERO / MAITE RABANILLO
León

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La Audiencia Provincial ha absuelto al acusado de provocar el incendio que quemó 9.800 hectáreas en La Cabrera en agosto de 2017. En la sentencia, el tribunal considera que existe una «sospecha generalizada» de que J.V.M, «pudo ser el autor del incendio », pero las sospechas no son suficientes para pronunciar un veredicto de culpabilidad.

En concreto, el fallo considera que en el ámbito del derecho penal «no bastan las conjeturas o sospechas sino que tiene que haber pruebas claras y suficientes o, cuando menos, indicios que, acreditados de manera indiscutible se puedan concatenar hasta alcanzar una conclusión punitiva». En este punto, la sentencia abunda en que las «meras sospechas» son insuficientes para sustentar una condena penal, «tienen un componente subjetivo y se basan en meras probabilidades, insuficientes para desvirtuar la presunción de inocencia».

Teléfonos pinchados

La Guardia Civil pinchó los teléfonos de varios vecinos al sospechar que habían pactado su declaración

También se refiere a que una prueba indiciaria tiene que partir de unos hechos plenamente probados «pues no cabe evidentemente construir certezas sobre la base de simples probabilidades». En definitiva, no se puede llegar «sin dudas» a concluir que el acusado provocara el incendio.

Un momento de la vista oral celebrada en la Audiencia. FERNANDO

En la vista oral celebrada el pasado mes de febrero, la fiscal pidió 5 años y seis meses de prisión, alegando que «no hay ninguna otra persona que hubiera podido prender el fuego . Tuvo que ser el acusado». También pidieron sentencia condenatoria con los mismos argumentos que la Fiscalía las diferentes acusaciones particulares, el letrado de la Junta de Castilla y León, la de las juntas vecinales afectadas por el fuego y el de las aseguradoras.

La acusación pública recalcó que dos testigos le vieron bajar del monte por el camino del que procedía el inicio del fuego poco después de la hora en que se considera que comenzaron las llamas, y que en aquel lugar «no vieron a nadie más». También esgrimió como indicios que portaba un mechero —el acusado es fumador— y que es cazador, por lo que tenía una «motivación cinegética» para prender el fuego, y conocía el monte.

Ajeno a las llamadas

El acusado no se sirvió de estas llamadas para transmitir o recibir información

Además, resaltó que su teléfono estuvo dos horas inactivo, con el fin de que no pudiera serlocalizado en la zona donde se originó el fuego.

La sentencia de la Audiencia sigue los argumentos de la defensa de J.V.M., que pidió la libre absolución y esgrimió que no existía «ni una sola prueba» contra el acusado, tan solo «conjeturas».En el juicio, insistió en que no había ninguna prueba «ni directa ni indiciaria» que implique al acusado en el fuego.

La sentencia considera que no procede la imposición de las costas a las acusaciones particulares ya que la absolución viene motivada por la «insuficiencia de actividad probatoria» sin que haya concurrido «temeridad ni mala fe», por lo que se declaran las costas procesales de oficio.

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Las labores de extinción del incendio se prolongaron durante una semana, fueron evacuadas 106 personas de los pueblos afectados y participaron 500 efectivos, con doce helicópteros y ocho aviones. El operativo y los daños provocados en los montes elevaron los gastos calculados por el incendio a 12,5 millones de euros.