Diario de León

Condenan al expedáneo de Villar del Monte por usurpación de funciones

Imagen de las antiguas escuelas de Villar del Monte donde se celebran los concejos. DL

Imagen de las antiguas escuelas de Villar del Monte donde se celebran los concejos. DL

León

Creado:

Actualizado:

El Juzgado de lo Penal número 1 de León ha dictado sentencia condenatoria contra Luis Marina García Tuñón, expedáneo del pueblo cabreirés de Villar del Monte, por un delito de usurpación de funciones públicas del artículo 402 del Código Penal.

La sentencia, que aún no es firme y puede ser recurrida, considera probado que quien fue presidente de la Junta Vecinal de Villar del Monte entre mayo de 2015 y junio de 2019 actuó ilegalmente al convocar un concejo cuando ya no ostentaba el cargo, el 10 de agosto de 2019, pese a haber sido advertido por la nueva presidenta de la entidad local, la secretaria y otros vecinos.

El acusado alegó que se trataba de una reunión informativa para rendir cuentas de la gestión. Sin embargo, el acta que levantó «es de capital importancia» porque deja constancia de «varios acuerdos vinculantes» que comprometían a la nueva Junta Vecinal elegida en las elecciones de mayo de 2019. 

«En la misma se hace constar que se reúne la Junta Vecinal en régimen de Concejo Abierto previa convocatoria en tiempo y forma por el Presidente saliente», señala la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de León en la sentencia. 

En el segundo punto del orden del día se ‘aprobó’ por unanimidad continuar con  «las gestiones necesarias para el deslinde físico del pinar y aprovechar este deslinde para hacer un entresaque de pinos. En el tercer punto aprobaron, también por unanimidad, continuar «las gestiones necesarias en Medio Ambiente para llevar acabo una plantación de siembra de pinos». El cuarto punto, igualmente aprobado por unanimidad, propone «destinar el saldo existente al mantenimiento, limpieza, mejora y ampliación de los cortafuegos en el pinar del municipio». Finalmente, el quinto punto, también aprobado por unanimidad, «se refiere al estudio y en su caso presupuesto para la mejora o modificación de los desagües de agua».

La sentencia
«No se trata de una reunión informativa, sino de un Concejo convocado por un órgano inexistente»

«Por tanto —concluye el fallo— no se trata de una reunión informativa, sino de un Concejo», convocado por «un órgano inexistente, cual es la Junta saliente». Además, de las personas empadronadas el 10 de agosto de 2019 solo acudieron dos personas y ambos eran miembros de la junta anterior. 

El secretario, uno de los presentes, alegó que firmó el acta sin leerla. La falta de validez de tal documento y la usurpación de funciones la argumenta la magistrada señalando también que «la entidad local menor de Villar del Monte, perteneciente al Municipio deTruchas, funciona en régimen común, es decir, Alcalde pedáneo y Junta Vecinal. El gobierno y administración le corresponde a la Alcaldesa pedánea y la Junta Vecinal exclusivamente, que ya habían tomado posesión tras las elecciones de mayo, el día 15 de junio de 2019». 

El alcalde pedáneo y la junta vecinal saliente solo continuaban en funciones hasta la toma de posesión de sus sucesores y solo «para la administración ordinaria», «no pudiendo adoptar ningún acuerdo para los que legalmente se requiera mayoría cualificada». El alcalde pedáneo, advierte la sentencia, debía saberlo «no solo porque se lo advirtieran», sino porque «lo contempla la legislación» que «lógicamente tenía obligación de conocer». Además de la condena a un año de prisión, el fallo inhabilita al expedáneo para ejercer cargos públicos. 

La Junta Vecinal actual, que preside Celestina Fernández, tiene pendiente otro juicio con el expedáneo por la adjudicación del coto de caza del pueblo a una asociación de la cual forma parte. Las denuncias se presentaron al mismo tiempo pero se han instruido en piezas separadas.

tracking